El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha propuesto juzgar a un total de 55 personas, entre ellas el productor José Luis Rodríguez Moreno, por formar parte de una organización criminal dedicada a conseguir financiación de entidades bancarias e inversores privados a favor de sociedades maquilladas que, en su mayoría, carecían de actividad real y cuya finalidad era “lucrarse de manera ilegítima”. En la resolución de transformación de las diligencias a procedimiento abreviado del caso Titella, el magistrado propone juzgar a los investigados por delitos de estafa continuada en concurso medial con un delito de falsedad en documento mercantil, blanqueo de capitales, organización criminal, corrupción en los negocios y frustración de la ejecución. Además, el instructor atribuye un delito contra la Hacienda pública a José Luis Moreno y a Martin Czehmester.

Precisamente, Moreno  fue condenado, el pasado marzo, a pagar 35.264.686 euros a su exsocio argentino, Alejandro Roemmers, por incumplir el pacto que ambos suscribieron para realizar la serie Resplandor y Tinieblas, una superproducción que pretendía relatar la vida de san Francisco de Asís.

 

Empresas sin actividad

En concreto, el juez explica que los investigados formaban parte de una organización criminal activa, al menos desde el año 2017, integrada por un elevado número de personas físicas y jurídicas, cuya actividad muestra “una extraordinaria complejidad, diversificándose en diferentes especialidades desde el fraude y estafa a entidades bancarias e inversores privados mediante una dinámica de rueda de cheques o pagarés, a la falsificación de efectos bancarios, además del posterior blanqueo de los beneficios obtenidos de estas actividades, con una estructura dividida en células operativas y claramente jerarquizadas”.

Esta organización -según el juez- se dedicaba a obtener lucro aparentando, con evidente abuso del sistema crediticio de los bancos, la existencia de una solvente actividad económica empresarial para conseguir de entidades bancarias productos crediticios, como el confirming, factoring o líneas de crédito a empresas y apropiarse del importe, simulando una crisis económica por una mala gestión mercantil o por incidencias del mercado.

Moreno, en el primer nivel

En el auto, el juez explica que en un primer nivel de la organización se encontraban los investigados Antonio Luis Aguilera, José Luis Rodríguez Moreno y Antonio José Salazar de Castro, con sus colaboradores directos. Cada individuo -señala el magistrado- mantenía su actividad delictiva con su propia cartera de empresas, para posteriormente simular actividad comercial con otras pertenecientes a otros miembros, creando un entramado societario con una apariencia solvente, utilizada para crear engaño en las entidades bancarias en la adquisición de todo tipo de productos financieros. 

Así, José Luis Rodríguez Moreno como persona pública muy reconocida, prestaba su nombre como tarjeta de visita, "para que tuvieran mucho más fácil conseguir financiación en entidades bancarias". Además de ser el encargado de presentar los proyectos cinematográficos o televisivos para los que se requería financiación, era el principal receptor de los fondos obtenidos por Aguilera y Salazar.  Estos, señala el magistrado,  tenían amplios conocimientos en operativa bancaria y mercantil, se encargaban de conseguir las sociedades, maquillarlas, poner un administrador y presentarlas antes los bancos como las beneficiarias de la financiación necesaria para el desarrollo de sus actividades, cuando realmente, carecían casi siempre de actividad real, y cuya finalidad, “no era otra que la de lucrarse de manera ilegítima”.

Para el juez, Moreno y el resto de investigados contarían además con la colaboración de terceras personas, entre los que se encontraban abogados, gestores financieros, empleados de banca y otras personas de su especial confianza, sin quienes hubiera sido imposible llevar a cabo la organización, planificación y ejecución de la mayoría de las estafas perpetradas, más “si tenemos en cuenta el número de sociedades involucradas y la complejidad de llevar a cabo la trama sin ser detectados por los organismos de control de las propias entidades financieras”.

Finalmente, el juez da un plazo de veinte días a la Fiscalía y las acusaciones para que formulen escrito de acusación, solicitando la apertura de juicio oral, o bien soliciten el sobreseimiento de las actuaciones.