La Audiencia de Lleida ha condenado a dos años y medio y tres años y medio de prisión por un delito de odio a los dos supremacistas blancos detenidos por los Mossos d'Esquadra en el año 2020, en el marco del caso Masia, acusados de difundir en redes sociales mensajes que animaban a atentar contra inmigrantes, homosexuales o discapacitados. Esta sentencia, en el que ha sido el primer juicio contra supremacistas blancos celebrado en Catalunya, se ha producido después de que los dos procesados llegaran a un pacto con la Fiscalía, que inicialmente pedía penas de hasta diez años y diez meses. A cambio de reconocer los hechos y declararse culpables, sin embargo, a W.R.P. se le ha reducido la pena a dos años y medio, mientras que en el caso de C.A.L., a quien también se le acusaba de un delito de tenencia ilícita de armas, la condena se ha reducido a tres años y medio. Además, también se contemplan multas de 4.500 euros para cada uno y se les inhabilita para ejercer cualquier profesión o actividad educativa, deportiva o de ocio por un periodo de cinco años después de cumplir la condena.

Pretendían crear una comunidad supremacista en un pueblo de las Garrigues

Los dos condenados fueron detenidos en septiembre del año 2020, uno en la Pobla de Cérvoles (Les Garrigues) y el otro en El Campello (Alicante), después de una larga investigación de los Mossos d'Esquadra, bajo el nombre de caso Masia, que se inició a mediados del 2019 al detectar en internet un documento, publicado por uno de ellos, que funcionaba como un ideario y que tenía rasgos en común con escritos terroristas vinculados al supremacismo blanco. Estirando el hilo, la policía catalana descubrió que, entre los años 2018 y 2020, los dos acusados se dedicaron a difundir en redes sociales y foros de internet material que denigraba personas por no ser de raza blanca, heterosexuales, europeas, tener discapacidad o profesar determinadas religiones. En algunas ocasiones, incluso, habían llegado a pedir la exterminación de algunas de ellas.

armas supramacistes
Imagen de archivo de un registro de los Mossos y la Guardia Civil en la detención de los dos hombres en las Garrigues / CME

Los dos condenados, tal como averiguaron los Mossos, vivieron durante unos meses en dos casas rurales en la Pobla de Cérvoles, un pequeño pueblo de unos 200 de habitantes en Les Garrigues (Lleida). Este era el primer paso en su intención de crear "comunidades blancas" aisladas y autosuficientes en entornos rurales abastecidas de armas para hacer frente a lo que denominaban "la guerra racial", inspirándose en la matanza de 51 personas en Christchurch (Nueva Zelanda). La policía intervino en el marco de la operación diferentes armas como una espada, puños americanos, machetes, cuchillos o munición ilegal. Según decían, era la única forma en que la raza blanca podría sobrevivir a la llegada de otros colectivos de extranjeros. Una vez detenidos y puestos a disposición judicial, la Audiencia Nacional derivó el procedimiento en la Audiencia de Lleida al entender que no había recorrido legal para las acusaciones de terrorismo y pertenencia a banda criminal, acusándolos de un delito de odio.

Un tercer acusado, juzgado por un delito contra la salud pública

Una vez los dos supremacistas han reconocido los hechos para ver cómo se rebajaban sus penas de prisión, el juicio en la Audiencia de Lleida ha continuado únicamente para un tercer acusado, J.E.A., por delitos contra la salud pública después de que se encontraran marihuana y otras drogas en la masía donde pretendían montar la milicia. Este acusado ha justificado la posesión de ketamina en casa asegurando que su familia es propietaria de una explotación ganadera y que tienen esta sustancia prescrita por el veterinario para administrarla a los animales. Además, ha asegurado que las armas confiscadas eran propiedad de su hermano, motivo por el cual ha pedido la nulidad del juicio al considerar que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia. Sin embargo, la jueza de la Audiencia de Lleida ha desestimado su petición y su caso ha quedado visto para sentencia, enfrentándose a 5 años y ocho meses de cárcel.