El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha acordado ampliar la investigación en la causa del caso "3 por ciento" atribuyendo la condición de personas jurídicas investigadas por delitos de tráfico de influencias, soborno y blanqueo de capitales a Convergència Democràtica de Catalunya y al PDeCAT, en tanto que es un mero continuador del anterior. El magistrado cita a estas sociedades mercantiles para que designen abogado y procurador.

En un escrito, el magistrado explica que en esta causa se investiga a altos cargos del partido político CDC quien, en relación con otros cargos públicos y funcionarios de diferentes administraciones e instituciones públicas de Catalunya, pusieron en marcha una estructura para financiar ilegalmente al partido político, en forma encubierta mediante "donaciones" a fundaciones ligadas a esta formación (CatDem y Fòrum Barcelona), "en connivencia con empresarios y otros cargos de índole política, alterando todo tipo de concursos públicos, con la finalidad de dirigir "los mismos hacia empresas que, a su vez, colaboraban con donaciones al partido".

Los pagos, indica De la Mata, se obtenían por las fundaciones y, por lo tanto, para el partido político CDC, en ocasiones como contraprestación por la adjudicación de contratos de obra pública o de servicios, con "vulneración de los principios de legalidad, igualdad y transparencia y, en otros, simplemente para conseguir mejorar las expectativas de ser beneficiarios de estos contratos".

La suma total de licitaciones comprometidas asciende de momento a 218.759.664,19 €; el importe de las adjudicaciones definitivas asciende a 168.706.262,00 €, a los cuales hay que añadir los modificados de proyectos (1.777.626,84 €) y las prórrogas (4.539.755,37 €), es decir, aproximadamente 175.000.000 €; las "donaciones" irregulares ligadas a estas adjudicaciones ascienden a más de 1.000.000 €.

Sin control

El auto del juez argumenta que CDC no disponía de un sistema o, incluso, de un simple protocolo de control interno que garantizara la adecuada intervención y contabilización de todos los actos y documentos de los cuales se derivaran derechos y obligaciones de contenido económico que pudieran ser sometidos a verificación e informe. Así se refleja, añade, incluso en los propios informes de auditoría interna del Partido, circunstancia que en los informes del Tribunal de Cuentas aparece como incumplimiento.

Señala el instructor que tanto los órganos como el personal con responsabilidad directiva en CDC estaban en conocimiento de las irregularidades advertidas en relación con la operativa de financiación que se investiga en esta causa y, por lo tanto, concluye que esta formación política "no tenía normativa de control interno, y conocía, al menos a través de los informes emitidos por el Tribunal de Cuentas, las irregularidades que pudieran derivarse de los pagos a través de los cuales sus fundaciones vinculadas, derivan a favor del partido buena parte de las aportaciones económicas que reciben en concepto de donación".

Un sistema de financiación mantenido en el tiempo

La operativa investigada, según el juez, ha sido sostenida en el tiempo de carácter sistémico y permanece inalterable, con independencia de los relevos que se puedan producir en las personas integrantes de estas estructuras. Como prueba de eso, señala que los cambios en la estructura del partido no supusieron en ningún caso un cese en la comisión de los hechos investigados, suponiendo únicamente una modificación en la identidad de las personas partícipes en los mismos.

El juez afirma que a pesar de ser conocedores de esta operativa de financiación ilícita, en la cual se utilizaba a las fundaciones vinculadas al partido como "sociedades interpuestas" a través de las cuales empresas adjudicatarias de contratos públicos hacían llegar al partido comisiones, que simulan corresponder con donaciones, los órganos y cargos con responsabilidad en el partido, no habrían emprendido ninguna iniciativa para impedir una actividad delictiva que se mantiene, al menos, durante 11 años.

En su resolución, el titular del juzgado central número cinco se remonta en el mes de julio de 2016 cuando desde CDC se toma la decisión de cesar en su actividad e impulsar la fundación de un nuevo partido político, el PDeCAT. No obstante, De la Mata concluye que la creación de este partido se corresponde con "la mera transformación o cambio de apariencia de una misma realidad, con la finalidad de desconectarse de las responsabilidades en las que pudiera haber incurrido la formación política precedente (CDC)".

PDeCAT el continuador de CDC

"La conclusión alcanzada ―dice el juez― es que la supuesta disolución como actor político de CDC y la creación del PDeCAT como nuevo partido político, pudiera definirse como meramente aparente, a conservarse al nuevo partido una identidad sustancial con la estructura, funcionamiento y recursos humanos y materiales, con los cuales explicaba el anterior partido y que, en muchos casos, son titularidad de CDC". Estos indicios, añade, parecen "corresponder con el hecho de que, a los limitados efectos que ahora interesan, la creación del PDeCAT se podría identificar con una simple transformación o incluso con un simple cambio de apariencia, del partido que impulsa su creación, CDC, para eludir las responsabilidades penales en que haya podido incurrir".

Por todo eso, el juez acuerda que procede ampliar la presente investigación atribuyendo la condición de personas investigadas a CDC y PDeCAT.