La Generalitat ha recibido 467 millones de euros del Gobierno para poner en marcha la ayuda al alquiler para jóvenes del 2022. Se trata de un bono de alquiler joven y facilitar el acceso a la vivienda de las personas menores de 35 años. La medida no está exenta de polémica, entre otras cosas porque el orden de solicitud es el único factor que marcará a quién se lleva la ayuda y quién no. Entonces, hay que estar preparado para cuando llegue la hora de la verdad: el plazo para presentar la solicitud se inicia el día 8 de junio a las 9.00 horas y finaliza el día 17 de junio a las 17.00 horas. El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) ha publicado este miércoles la convocatoria, de manera que ya se pueden resolver todas las dudas en torno a esta ayuda. Aquí os ofrecemos una guía para resolver cuestiones como quién puede pedir la nueva ayuda al alquiler para jóvenes de la Generalitat o como se solicita.

🏠 Abierta la convocatoria de ayudas al alquiler para jóvenes

🔑 Las 6 claves que tienes que saber para pedir la ayuda al alquiler para jóvenes 2022

¿Quién puede pedir la nueva ayuda para el alquiler de la Generalitat?

En resumen, la ayuda está dirigida a las personas de entre 18 y 35 años que residen en Catalunya, con empadronamiento en la vivienda, que son titulares del contrato de alquiler, que trabajan y que no superan el límite de ingresos establecidos: 24.301,57 euros anuales. Así pues, el Departament de Drets Socials especifica que los "beneficiarios" son aquellos individuos que "sean titulares de un contrato de alquiler, habitación y/o cesión de uso que constituya su domicilio habitual y permanente en el territorio de Catalunya que en el momento de hacer la solicitud tengan hasta 35 años incluidos y cumplan los requisitos de la convocatoria". Sin embargo, ¿cuáles son los requisitos?

Requisitos para pedir la ayuda al alquiler por joven 2022

Como habíamos dicho, el primero de los requisitos es "estar empadronado en la vivienda". Quede claro, sin embargo, que "no se aceptan contratos de alquiler o cesión de uso entre personas que tengan parentesco". Al mismo tiempo, se establecen unos ingresos anuales máximos: iguales o inferiores a 2,83 veces el indicador de renta de suficiencia (IRSC), si los ingresos corresponden al ejercicio fiscal del año 2020; iguales o inferiores a 2,97 veces el IRSC, si los ingresos corresponden al ejercicio fiscal del año 2021; e igual o inferiores a 3,05 veces el IRSC, si los ingresos corresponden al ejercicio del año 2022.

La cosa no se acaba aquí, ya que también hay un precio máximo del alquiler o cesión de uso. Por una parte, en el caso de las viviendas: en el Ámbito Metropolitano de Barcelona (Baix Llobregat, Barcelonès, Maresme, Vallès Occidental y Vallès Oriental), 900 euros; el resto de la demarcación de Barcelona y a la demarcación de Girona, 650 euros; y a las demarcaciones de Lleida, Tarragona y Terres de l'Ebre, 600 euros. Por otra, en el caso de las habitaciones: en el Ámbito Metropolitano de Barcelona, 450 euros; en el resto de la demarcación de Barcelona y a la demarcación de Girona, 350 euros; y a las demarcaciones de Lleida, Tarragona y Terres de l'Ebre, 300 euros.

¿Cuál es el importe del bono de alquiler joven?

Las personas solicitantes pueden recibir un importe mensual de hasta 250 euros, "con el límite del importe mensual de la renta o del precio de cesión". El Departament de Drets Socials también precisa que "si hay más de un beneficiario en una misma vivienda, la suma de las subvenciones concedidas no podrá superar el importe mensual del alquiler o del precio de cesión". En este caso, "minorará en la proporción correspondiente". La subvención se otorga por un plazo máximo de dos años. De esta manera, el importe de la subvención será para las mensualidades de enero de 2022 a diciembre del 2023, para contratos anteriores al 1 de enero del 2022. Para contratos firmados entre el 1 de enero de 2022 y la fecha que finalice el plazo de presentar solicitudes, la subvención será para las mensualidades incluidas entre el mes posterior a la fecha de vigencia del contrato y aquel en que finalice el plazo de dos años para el cual se ha concedido la subvención, computado desde aquella fecha.

¿Cómo se pide la ayuda?

Preferentemente, la solicitud se tiene que hacer en línea, mediante el sitio web de trámites de la Generalitat. Asimismo, las personas pueden dirigirse "presencialmente" a las oficinas locales de vivienda o a las bolsas que forman parte de la red de mediación para el alquiler social, en la sede de la entidad titular o administradora de la vivienda en los casos de viviendas gestionadas por administraciones y empresas públicas. "Y si necesitas apoyo técnico o acompañamiento, puedes ir a las oficinas jóvenes de la Red Nacional de Emancipación Juvenil, donde te ayudaremos con los trámites", añade Drets Socials en un vídeo.

¿Qué documentación hace falta para pedir la ayuda de la Generalitat?

El Departament también ha compartido cuál es la "documentación necesaria para acreditar los requisitos que se piden a la convocatoria, salvo los casos en que la Administració pueda hacer la consulta - marcados con (*)":

  • Documentos Identidad:
  • (*) Documento nacional de identidad vigente (DNI)
  • Ciudadanos de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadanos de la UE vigente.
  • (*) Extranjeros no comunitarios: NIE y tarjeta de identidad de extranjero (TIE)
  • (*) Certificado de convivencia
  • Justificando ingresos de la persona solicitando y cada uno de los miembros de la unidad de convivencia en edad laboral, según los casos y las excepciones indicadas en las bases de la convocatoria, habrá que acreditarles aportando la Declaración del impuesto de la renta de las personas físicas (2020) (*), Certificado de imputaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (2020) (*), Certificado de imputaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaría (2021) o bien contrato de trabajo con todas las nóminas recibidas hasta la fecha de presentación de la solicitud.
  • (*) Informe de vida laboral emitido por la TGSS relativo a la persona solicitando y todas las personas en edad laboral que formas parte de la unidad de convivencia.
  • Libro de familia, si procede.
  • El contrato de alquiler o el contrato de cesión de uso de la vivienda o habitación a nombre de la persona solicitando.
  • Todos los recibos de alquiler o del precio de la cesión correspondientes al año 2022, pagados hasta la fecha de presentación de la solicitud.
  • Hoja de transferencia bancaria normalizada, o documento equivalente, a nombre de la persona solicitando, de la cuenta donde se tiene que ingresar la subvención.
  • (*) Certificado de no tener deudas con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Agencia Tributaria de Catalunya (ATC)

 

Ante cualquier otra duda, el Departament de Drets Socials ha habilitado un sitio web con preguntas frecuentes sobre el bono joven de alquiler.