Los menores no acompañados o que viajan con terceras personas deberán portar un permiso de viaje de sus progenitores para sus viajes al extranjero a partir de mañana, cuando entra en vigor la nueva instrucción dictada en julio para incrementar la seguridad del colectivo. No la necesitarán si se desplazan acompañados de uno solo de sus progenitores.

Además del DNI o pasaporte, los niños o jóvenes españoles deben tener una declaración firmada de permiso de viaje, un formulario que se puede obtener en la Policía, la Guardia Civil, juzgados, notarías, ayuntamientos o consulados (en el caso de los menores extranjeros residentes en España se recurrirá a lo que dictamine su legislación nacional).

El Ministerio del Interior dictó en julio una instrucción para incrementar la seguridad del colectivo con la que pretende evitar que puedan ser víctimas de secuestro o trata e igualmente incrementar la protección de sus datos de carácter personal.

La instrucción, dictada por la Secretaría de Estado de Seguridad, unifica los sistemas de control en las fronteras y detalla la forma de actuar y las comprobaciones que deben realizar los agentes ante las entradas y salidas de menores.

La orden, el formulario y la normativa también son accesibles en la página web del Ministerio del Interior. Para formalizar esta autorización, debe personarse ante alguna comisaría de los Mossos o de la Policía Nacional (o ante un puesto de la Guardia Civil) uno de los representantes del menor. Debe llevar su documentación personal en vigor, y también la documentación que acredite la filiación y patria potestad del menor (DNI, pasaporte, libro de familia...).