El Juzgado Central del Contencioso Administrativo Número 4 de la Audiencia Nacional ha dictado que el Gobierno tendría que haber actuado hace más de un año contra Luis Rubiales. El juzgado concluye que el Consell Superior d'Esports (CSD) tomó una decisión "no ajustada a derecho" porque no tramitó dos denuncias interpuestas por la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LFP) por las presuntas irregularidades por parte del expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) en la organización de la Supercopa de España disputada en Arabia Saudí. En el texto, el juzgado estima el recurso interpuesto por la LFP y su presidente, Javier Tebas, contra la decisión del CSD por la cual se acordó suspender las actuaciones previas sobre las posibles irregularidades en el seno de la RFEF.

El TAD tiene que tramitar las denuncias de LaLiga

Ahora, la Audiencia anula la resolución del CSD, que en septiembre de 2022 decidió "suspender las actuaciones previas sobre las irregularidades en la RFEF", que había denunciado LaLiga en junio y julio del año pasado, y le reclama que eleve al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) las denuncias presentadas por LaLiga para que el tribunal "adopte la resolución que proceda". La resolución del juez Pablo Álvarez sentencia que "el CSD carece de competencia para acordar la tramitación de unas actuaciones previas antes de elevar su propuesta de iniciación del procedimiento disciplinario deportivo en el TAD, y por eso tampoco puede suspender estas actuaciones previas".

En concreto, el LFP denunció los hechos relacionados con la celebración de la Supercopa en Arabia Saudí, así como unas presuntas irregularidades en desplazamientos realizados por el entonces presidente de la RFEF, Luis Rubiales, del 31 de octubre al 4 de noviembre de 2018 en Nueva York. Asimismo, la Liga puso el foco en el pago del alquiler de la vivienda del mismo Rubiales por parte de la RFEF. Por otra parte, la denuncia señalaba la presunta contratación de detectives para espiar la conducta del líder del Sindicato de Futbolistas a través de la agencia Cryptex Europa, así como presuntas irregularidades en el procedimiento seguido para cubrir la vacante producida en Segunda División B por el descenso administrativo del Reus CF.

Actuación incorrecta del CSD

En la resolución, la Audiencia Nacional establece que el CSD no actuó de manera incorrecta, ya que, entre sus competencias, no se incluye acordar "una suspensión por la tramitación de unas diligencias penales, porque es el TAD el que tenía que haber acordado tal suspensión, después de la iniciación del procedimiento disciplinario deportivo". El texto detalla que este hecho es así "porque si el CSD recibe una denuncia por parte de una entidad interesada, y considera que tiene que completarse tal denuncia, tendrá que requerir a la entidad denunciante para eso. Pero en ningún caso puede acordar que se tramiten unas actuaciones previas, estando obligado este Consejo a elevar la correspondiente propuesta razonada al TAD, en el sentido que considere oportuno".

En concreto, el tribunal establece que "será el TAD, una vez recibida la denuncia cursada a través del CSD, con la propuesta razonada de este, el que determine si es necesario ejecutar unas actuaciones previas, antes de acordar la iniciación del procedimiento disciplinario deportivo". El CSD decidió suspender las actuaciones previas instadas por la LFP, señalando que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 4 de Majadahonda admitió en junio de 2022 una querella por las presuntas irregularidades. La titular del Juzgado, Delia Rodrigo, admitió la querella interpuesta contra Rubiales y contra el exjugador del Fútbol Club Barcelona, Gerard Piqué, por los presuntos delitos de corrupción en los negocios y administración desleal.