Las discotecas continuarán, de momento, cerradas. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado este martes la petición de la Federación Catalana de Asociaciones de Actividades de Restauración y Musicales (Fecasarm) de reabrir el ocio nocturno.

Considera que la reapertura inmediata de estos locales no tiene una "urgencia especial" y no considera necesario modificar las últimas restricciones anti-Covid para permitirlo. Sin embargo, trasladan a la abogacía de la Generalitat la petición de la Fecasarm y los dan hasta el 7 de junio para pronunciarse. De esta manera, al día siguiente se llevará a cabo la votación y el tribunal se pronunciará definitivamente.

No hay una "urgencia especial" para reabrir las discotecas

El tribunal ha hecho público este martes la resolución en que rechaza la reapertura de discotecas, salas de baile y de fiestas, bares musicales y karaokes, cerradas para evitar los contagios del coronavirus. La Fecasarm había pedido el 26 de mayo que se suspendiera cautelarmente la orden del Govern que ordena su cierre. Pero los magistrados han considerado que no es una medida de "urgencia especial".

Recurso del TSJC

Desde la Federación pedían que se les aplicara el mismo criterio que en la restauración, ya que el mismo tribunal rechazó el límite horario de las 23 h de la noche que había marcado al Procicat y la Generalitat y permitió la apertura hasta la medianoche. Sin embargo, los magistrados no consideran que en este caso sea urgente.

El TSJC no modifica ningún detalle de las medidas anti-Covid

Desde el TSJC, tampoco consideran urgente que tenga que haber ninguna modificación de las medidas aprobadas por el Govern para contener la pandemia. En concreto, han desestimado los recursos de la Fecasarm, la Gestora Club DIR y las Asociaciones Nacional de Empresarios de máquinas recreativas y otros, que pedían modificar las restricciones para poder aumentar los aforos y reabrir algunos locales cerrados.

La sala desestima las medidas cautelarísimas solicitadas, ya que entiende que no se dan las circunstancias para entender que son de carácter urgente. Además, el TJSC también ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por la Fecasarm contra la prórroga de las restricciones hasta el 7 de junio que limitan los horarios de bares, restaurantes, cafés-teatro hasta las 00.00 horas, así como la prohibición del servicio de bar en las salas de concierto de Catalunya.

 

Imagen principal: Una bola de cristal de discotecas. / ACN