Médicos y científicos alertan de la posibilidad de que no se puedan celebrar las elecciones del 14 de febrero ya que "un importante volumen de personas no podrá ir a votar de forma presencial porque o bien estarán contagiados, o serán contactos estrechos de personas que lo estén".

Una buena solución para poder garantizar el derecho de los ciudadanos es facilitar el voto por correo. Precisamente este domingo, la Junta Electoral Central decidió ampliar hasta el 12 de febrero el plazo para votar por correo, en concreto hasta las 14 horas. Los electores que quieran votar por correo pueden pedir el certificado de su inscripción al censo electoral hasta el 4 de febrero. Estos son los pasos que hay que seguir para poder votar por correo:

14 F Vot per correu (1)

Paso 1

Si el 14 de febrero prevés que no podrás ir a votar de forma presencial y, por lo tanto, lo tienes que hacer por correo, el primer paso es asegurarse de tener el certificado digital de la Generalitat. En caso de no tenerlo se tiene que solicitar en el IDCAT.

Se trata de un identificador virtual que cada ciudadano tiene que instalar en su ordenador. Sirve para acceder a diferentes tipos de trámites y gestiones de la administración, como puede ser la obtención del informe de vida laboral de la Seguridad Social, presentar la declaración de la renta o solicitar el certificado de antecedentes penales. Y a partir de ahora, también, para poder votar.

Paso 2

Una vez se tiene el certificado digital, se tiene que acceder a la página de Correos para pedir el voto por correo. El proceso de petición del voto por correo solicita inicialmente el DNI electrónico, que se tiene que tener insertado en el lector de tarjetas, o un certificado digital válido que tendrá que estar instalado en el ordenador (IDECAT).

A continuación, se tienen que completar los datos requeridos para la solicitud y el sistema solicitará automáticamente que se firme electrónicamente (AutoFirma tiene que estar instalado en el ordenador). Una vez firmado electrónicamente con AutoFirma, la solicitud se habrá presentado y se podrá descargar una copia.

En caso de que la Oficina del Censo Electoral acepte la solicitud para ejercer el derecho al voto, se remitirá la documentación del voto por correo a la dirección que se haya indicado en la solicitud. Para pedir el voto por correo hay tiempo hasta el 5 de febrero. En el caso de vivir en el extrangero el plazo acaba el 26 de Enero.

Paso 3

En el momento en que el cartero viene a casa a entregar las papeletas de los diferentes partidos que se presentan a las elecciones, ya se le puede entregar el sobre con el voto deseado. Este paso se puede realizar hasta el día 12 de febrero. En el caso de vivir fuera de España el último día serà el 10 de febrero.

El cartero será el encargado de custodiar el voto hasta que este llegue a la urna. Todos los votos emitidos por correo se contabilizan la misma noche electoral, cada uno va a parar al colegio que le corresponde según el padrón.

Además de esta opción, también existe la posibilidad de votar presencialmente en la oficina de correos más próxima.