La amnistía a Josep Maria Jové, presidente del grupo parlamentario de Esquerra Republicana, y Lluís Salvadó, director general del partido y mano derecha de Oriol Junqueras, deberá esperar. A pesar de que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea fue muy clara avalando el texto aprobado en el Congreso de los Diputados, todavía hay tribunales que dilatan su aplicación a políticos independentistas. Es el caso del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que rechaza retirar las cuestiones prejudiciales que también presentó ante este organismo internacional sobre el caso de Jové y Salvadó. Ambos fueron altos cargos de la conselleria de Economía liderada por el entonces vicepresidente Oriol Junqueras y acusados de malversación por sus tareas en la organización del referéndum del 1 de octubre.
En la sentencia clave del 16 de julio, el TJUE determinó que los hechos amnistiados en el marco del procés no afectaron directamente ni pusieron en riesgo los intereses financieros de la Unión Europea. Según el tribunal, un posible perjuicio o desviación de fondos que afecte exclusivamente el presupuesto de una comunidad autónoma o del Estado español no es suficiente para considerar lesionadas las finanzas comunitarias. A pesar de ser claro en este sentido, el TJUE ha decidido mantener las cuestiones prejudiciales que plantearon ante el TJUE hace ya más de dos años, el 30 de julio de 2024. El argumento del tribunal es que la sentencia europea hacía referencia a las cuestiones presentadas por el Tribunal de Cuentas (de tipo contable) y por la Audiencia Nacional (delitos de terrorismo), diferentes del caso de los dos políticos de Esquerra Republicana, que habían pedido que se retiraran las prejudiciales. Defendían que con la sentencia de julio, ya habían quedado resueltas.
Sin enriquecimiento
La no aplicación de la ley de amnistía a Jové y Salvadó viene de muy lejos. Con todo, el TSJC, en resoluciones anteriores, afirmó que los dos exaltos cargos de la conselleria de Economía "no se enriquecieron" a partir de los hechos que se les acusan por la organización del 1-O. Precisamente este es uno de los motivos que la norma excluye para aplicar la extinción de responsabilidad penal. Así lo fijó el Tribunal Supremo, el cual indicó que solo el president Carles Puigdemont, el exvicepresidente Oriol Junqueras y los exconsellers Jordi Turull, Toni Comín, Lluís Puig, Raül Romeva y Dolors Bassa se enriquecieron porque no pusieron de su bolsillo el dinero para organizar el 1-O. Todos ellos, más de dos años después de que la ley de amnistía se aprobara en el Congreso de los Diputados, todavía no han sido amnistiados.
