El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ve indicios de un delito de odio en un artículo de Quim Torra del año 2012 pero no admite una querella de Vox al respecto porque este delito habría prescrito, ya que han pasado más de cinco años desde la publicación del texto. Se trata del escrito que lleva por título 'La llengua i les bèsties'. El tribunal, en cambio, considera que el resto de opiniones del president que el partido ultraderechista añade a su querella se amparan en la libertad de expresión. Son escritos y tuits que publicó en redes sociales entre 2011 y 2013.

El TSJC considera que, "por desagradables o supremacistas" que se consideren las expresiones de Torra, "se limitan a reflejar y justificar el conocido ideario" de los independentistas y a "insultar a los que no comparten sus ideas". Según apunta en su escrito, la Constitución "no prohíbe las ideologías, por muy extremistas o supremacistas que sean". Por ello insiste en que, "por rechazables que puedan considerarse", estas expresiones no serían constitutivas de delito "al venir amparadas por la libertad de expresión".

 

No pasa lo mismo, dice el tribunal, con el artículo 'La llengua i les bèsties', pero subraya que al ser publicado en el 2012 y la querella presentada en el 2018, el delito que podría suponer si así lo estableciera una posterior investigación ha prescrito. Sí aprovecha para afirmar que algunas palabras contenidas en el escrito son "innecesarias, insultantes y ofensivas".

Por otra parte, el TSJC tampoco acepta que el president Quim Torra pueda haber cometido un delito de conspiración para la rebelión y otro de encubrimiento, ya que no consta en la querella ninguna prueba de que Torra se haya puesto de acuerdo con alguien más para cometer el delito de rebelión y de ninguna expresión se desprende que pretenda alzarse pública y violentamente contra el Estado. Ninguna actuación encaja tampoco, continúa, con el encubrimiento de las acciones delictivas que habría cometido Carles Puigdemont.