El Tribunal Supremo ha archivado la denuncia presentada por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena (Huesca) por apropiación indebida y desobediencia contra el conseller de Cultura, Lluís Puig, y su predecesor, Santi Vila, porque ya no son aforados, a raíz de la destitución del segundo por el artículo 155 y de la dimisión del segundo.

La denuncia por desobediencia se presentó el 25 de septiembre contra los dos consellers —a Vila también se lo denunciaba por prevaricación— porque todavía no habían entregado las 44 piezas de arte del monasterio de Sixena que están depositadas en el Museo de Lleida y que son objeto de la ejecución provisional de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 oscense. La Sala del Supremo pidió a la fiscalía que evaluara tanto su competencia como el contenido de la denuncia como paso previo a la admisión de la misma y la fiscalía, con fecha de 10 de octubre del 2017 se pronunció favorablemente a la denuncia.

Según la fiscalía, hay indicios para acusar de desobediencia a los dos consellers por "haberse negado abiertamente al cumplimiento de las resoluciones judiciales que los obligaban a entregar las 44 obras de arte del Museo de Lleida a Sijena". También considera que se puede acusar de prevaricación a Vila porque el 18 de abril del 2017 "se negó a cumplir las órdenes judiciales" porque, según alegó, "no se podía disgregar la colección del Museo de Lleida y no se podía hacer sin su autorización".

En el escrito que el ministerio público hizo llegar al TS, se recoge que ha habido desobediencia expresa al menos en tres ocasiones. Por parte del conseller Santi Vila, del plan de transporte del 20 de julio del 2016 y la entrega de las piezas el 25 de julio del 2016 y el 8 de noviembre del 2016. Y por parte del conseller de Cultura Lluís Puig, del plan de transporte el 25 de julio del 2017 y de la entrega de las piezas el 31 de julio, "aunque a los dos se les informó de las responsabilidad penales que estas omisiones podían comportar", recuerda. La fiscalía, en cambio, considera que no hay bastantes pruebas para acusar a los consellers de apropiación indebida.

El ministerio público, además, concluía que el Supremo sí que es competente para juzgar a los consellers, aunque sean aforados, porque, argumentaba, hay dos comunidades autónomas implicadas en los hechos. Además, el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena había solicitado en el Supremo que emitiera una orden europea de detención y entrega contra el conseller destituido Lluís Puig para que responda judicialmente sobre el litigio del arte.