El Supremo se sacude la demanda de Julio Iglesias contra Yolanda Díaz por acusarlo de abusos sexuales

La Sala Civil del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado admitir a trámite la demanda de protección al honor presentada por el cantante Julio Iglesias contra la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, por haberlo acusado de someter a sus trabajadoras a "abusos sexuales" y de tenerlas en una "situación de esclavitud". En la resolución, comunicada este martes, el Supremo argumenta que inadmite la demanda del famoso por "falta de competencia objetiva". Es decir, la ley establece que el alto tribunal español tiene la competencia para investigar a miembros del Gobierno si actúan dentro de sus cargos públicos, no de todas sus acciones. Añade que la demanda es competencia de las secciones civiles de los tribunales de instancia.

El alto tribunal explica que, en su demanda, Julio Iglesias consideró vulnerado su honor por las manifestaciones hechas por Díaz a través de su perfil público en la red social Bluesky el 13 de enero de 2026, y en una entrevista realizada en el programa de televisión La hora de la 1, de TVE, al día siguiente, 14 de enero de 2026. La ministra valoraba la noticia publicada por el periódico digital elDiario.es con el titular: Extrabajadoras de las mansiones de Julio Iglesias acusan al cantante de agresiones sexuales. Precisamente, el cantante, que hace años que vive en Miami, interpuso una querella contra el diario, y actualmente se está pendiente de la fase de conciliación, obligada en los procedimientos.

 

Actuó como ciudadana y política

El tribunal recuerda, en la resolución, que el artículo 56.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone que la Sala Civil del Supremo conocerá de las demandas de responsabilidad civil de los miembros del Gobierno  "por hechos realizados en el ejercicio de su cargo".

El Supremo concluye que en este caso "las opiniones o manifestaciones controvertidas no guardan la necesaria conexión con el ejercicio de los cargos que motivan el aforamiento ni suponen una traslación a la opinión pública de las políticas propias del Ministerio de Trabajo y Economía Social o de la Vicepresidencia Segunda del Gobierno".

"Se trata de declaraciones que, si bien proceden de una persona aforada, no están protegidas por las prerrogativas establecidas, ya que en el mensaje de Bluesky actuó como ciudadana y dirigente política", manifiesta el tribunal. Añade que, en el contexto global de la entrevista, "en la parte controvertida se manifestó esencialmente como política feminista y dirigente de Sumar, pero no como ministra de Trabajo o vicepresidenta segunda del Gobierno. La condición de ministra quedó limitada a la respuesta dada a determinadas preguntas que efectivamente guardaban relación directa con su cartera (el salario mínimo, las pensiones o la jubilación) y que no tienen nada que ver con los hechos que han motivado la demanda".

Por lo tanto, si Julio Iglesias quiere mantener la demanda contra la ministra, deberá ir a un juzgado ordinario del ámbito civil.