En 2018, tres ultras simpatizantes de Democracia Nacional, agredieron a tres independentistas en el municipio de Balsareny, en la comarca del Bages. Primero la Audiencia de Barcelona y después el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya los condenó a un año y medio de prisión y a pagar una multa por delitos de odio, contra la integridad física y de lesiones leves. Era la pena mínima, pero dos de los agresores decidieron recurrir la decisión. Ahora, el Tribunal Supremo ha desestimado los recursos y ha confirmado la condena. En la sentencia, el Supremo resuelve que los tres ultras actuaron "movidos por su profundo desprecio hacia las personas del independentismo catalán y de la ideología de izquierdas". Mientras agredían a las tres víctimas, los skinheads, dos hombres y una mujer que eran miembros destacados de la escena de la extrema derecha españolista en Catalunya, gritaban frases como "cerdos independentistas", "rojos asquerosos", "catalán de mierda", "hijos de puta, cerdos, asquerosos", entre otras.
Los hechos de Balsareny
Los hechos tuvieron lugar en este municipio del Bages hace prácticamente ocho años, a principios de febrero de 2018. Hacía pocos meses que se había celebrado el referéndum del 1 de octubre y también de la investidura del president Carles Puigdemont, ya en el exilio, en el Parlament de Catalunya. En las elecciones del 21 de diciembre de 2017, pocas semanas atrás, los partidos independentistas consiguieron mayoría absoluta en el pueblo, con prácticamente el 60% de los votos. La manifestación fue convocada por la plataforma ultraespañolista Por España me atrevo. Cuando ya se había disuelto la convocatoria, los agresores increparon a tres personas que se encontraban en uno de los bares del pueblo y, según explicó en aquel momento el alcalde, comenzaron a agredirlas físicamente. Los heridos decidieron denunciar la agresión y los tribunales les han ido dando la razón, aunque con condenas a penas mínimas.
Según el Supremo, queda probado que los condenados se dirigieron hacia las tres personas y las increparon y escupieron. El tribunal sostiene que los tres ultras actuaron a partir de su "odio a los diferentes" por el hecho de que las víctimas eran de Catalunya y recuerda que en este caso concreto se dan las mismas condiciones que en otra sentencia de 2022. El Supremo así aclara que en "un estado democrático y de derecho" los ataques a personas "por su condición de españoles para excluirlos de un territorio de la misma nación de España" no tienen cabida, tampoco la exclusión social de aquellos que forman parte de un determinado territorio o autonomía, como si fueran de inferior categoría.
En la imagen principal, una concentración en Balsareny / Foto: ACN
