El Tribunal Supremo ha confirmado la destrucción del material intervenido durante el referéndum del 1 de octubre de 2017 y ha rechazado que los objetos sean entregados a Carles Puigdemont para que garantice su conservación. La resolución, dictada el 16 de julio, desestima los recursos presentados por Puigdemont, Oriol Junqueras y Raül Romeva y ya no se puede recurrir. La decisión ratifica una providencia de abril que, a raíz de una petición de la Dirección General de la Policía de Catalunya, no se oponía a destruir el material depositado en dependencias policiales. El tribunal estableció, sin embargo, que se conservaran una o dos muestras de cada tipo por si pudieran ser necesarias en otros procedimientos judiciales.
Puigdemont se había opuesto a la destrucción y había pedido que los objetos le fueran entregados "en su condición de expresident de Catalunya" para que los recibiera como depositario y garantizara "la custodia, la conservación y la preservación adecuadas". En el recurso sostenía que eran elementos inseparables del legado histórico, institucional y memorial del país. La sala considera que esta entrega es improcedente porque Puigdemont "no tiene ningún título de propiedad, legitimación patrimonial ni competencia pública" para conservar el material.
Junqueras y Romeva, por su parte, reclamaban que antes de tomar una decisión se consultara al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, dado que todavía está pendiente el juicio del sumario 2/2019, relacionado con los mismos hechos. El Supremo descarta esta petición y defiende que las muestras que se conservarán son suficientes para atender futuras necesidades probatorias.
La teniente fiscal del Tribunal Supremo había apoyado los recursos. La fiscalía consideraba que no era necesario entrar a valorar las connotaciones políticas o históricas de los objetos ni "su valor testimonial, histórico o patrimonial, que, por otra parte, no se puede discutir". También defendía que el material fuera devuelto a su propietario, que identificaba inicialmente con la Generalitat. En cambio, la Abogacía del Estado y Vox pidieron que se mantuviera la destrucción. Jordi Turull, Jordi Sànchez y Josep Rull se adhirieron a los recursos que se oponían.
El tribunal argumentaba que no hay ninguna razón para conservar indefinidamente los objetos en los almacenes policiales, donde acabarían sufriendo un deterioro progresivo. Añade que, incluso en caso de que se reconociera al propietario, la legislación solo exigiría escucharlo, pero no obtener su consentimiento antes de decidir su destino.
La resolución concluye con crítica directa a los argumentos sobre la relevancia memorial de los objetos. Los magistrados afirman que, teniendo en cuenta los hechos juzgados y la sentencia del procés, es "discutible e incluso sorprendente" atribuir al material confiscado "connotaciones políticas, institucionales e históricas" o un supuesto valor testimonial o patrimonial.