En las últimas semanas el color amarillo ha sido perseguido en los ayuntamientos, en las fuentes y en una gran cantidad de sitios más. ¿Pero se perseguirá también dentro de los colegios electorales en las próximas elecciones?

Según el artículo 93 de la LOREG, ni los locales electorales ni sus alrededores pueden lucir ningún tipo de propaganda electoral. Solo los interventores y apoderados pueden lucir logotipos o siglas de los partidos políticos, aunque no pueden mostrar ningún tipo de eslogan o frase relativa al partido que representan.

El órgano que decide qué se puede lucir y qué no en una jornada electoral —ya sea por parte de interventores, apoderados y miembros de las mesas, ya sea por parte de los electores— es la Junta Electoral Central, la cual el pasado 14 de diciembre decidió que los miembros de las mesas no podrán llevar un lazo amarillo en apoyo a los presos políticos. Pero todavía no ha dicho nada sobre si los electores podrán lucirlo dentro de los colegios o en sus alrededores.

En el caso de que la Junta Electoral considerara los lazos amarillos como propaganda electoral, serían los interventores, apoderados y miembros de las mesas los que tendrían que avisar a las personas que los llevaran de sacárselo para entrar en el colegio. De momento, la Junta Electoral no se ha pronunciado sobre este hecho.

Sin embargo, el domingo pasado en Perpiñán algunos votantes ya tuvieron problemas para ejercer su derecho al voto con el lazo amarillo. El cónsul español en la ciudad hizo constar como incidencia la presencia de distintivos en solidaridad a los presos políticos a la hora de votar, alegando a una supuesta decisión de la Junta Electoral que los consideraba propaganda electoral. Sin embargo, esta decisión no se ha producido realmente, y no ha habido más problemas a la hora de votar con los lazos amarillos.