El Parlamento afirma, en sus alegaciones contra la admisión a trámite del "incidente de ejecución" instado por el Gobierno central para las resoluciones del debate de política general sobre el referéndum, que estas son "autónomas" y "no mantienen una relación" con la sentencia del TC que anuló la declaración del 9-N. El Parlament ha dado a conocer esta tarde las alegaciones que los servicios jurídicos de la cámara han presentado por la admisión a trámite por parte del Tribunal Constitucional (TC) del incidente de ejecución instado por el Gobierno central contra las resoluciones del debate de política general en las que se prevé el referéndum.

En sus alegaciones, el Parlament plantea defectos de forma, por el hecho de que el Gobierno central "no fue parte" en el proceso que culminó en la sentencia "de cuya ejecución se plantea el incidente", y porque entiende que corresponde sólo al TC decidir la suspensión automática de las resoluciones. Con respecto al fondo del asunto, que es el contenido de la resolución 306/XI que prevé el referéndum, el Parlament sostiene que no mantiene "una relación directa e inmediata de causalidad con la parte dispositiva de la sentencia del TC 259/2015" que anuló la declaración de soberanía del 9-N, sino que es "autónoma" y "materialmente ajena".

En el texto de las alegaciones, se requiere al abogado del Estado para que "aclare" su representación con la finalidad que el tribunal pueda solucionar o convalidar los defectos que hubieran podido producirse" atendiendo al hecho que el presidente del Gobierno, "que es a quien el abogado del Estado dice representar, no fue parte en el proceso que culminó en la sentencia de cuya ejecución se plantea el incidente".

El Parlament requiere, también, "rectificar y dejar sin efecto" el apartado 3 del acuerdo del TC de admisión a trámite, ya que entiende que no hay lugar a que el Gobierno central pida la suspensión automática de las resoluciones si estas son objeto de un incidente de ejecución de una sentencia, ya que en este supuesto, "corresponde en exclusiva al tribunal, con audiencia de las partes" decidir al respecto.

En las alegaciones, también, se pide "desestimar" el incidente de ejecución vinculado con la resolución del Parlament que prevé el referéndum de autodeterminación (306/XI) ya que considera que "no mantiene una relación directa e inmediata de causalidad con la parte dispositiva de la sentencia del TC 259/2015". Añade el Parlament, en este sentido, que el abogado del Estado "pretende" impugnar "una resolución autónoma que es materialmente ajena al proceso en el que se plantea el incidente".

Finalmente, la cámara legislativa catalana reclama, también, "desestimar" las medidas de ejecución solicitadas en relación con la presidenta y algunos miembros de la Mesa del Parlament "consistente en deducir testigo de particulares para exigir la responsabilidad penal". El motivo aducido por el Parlament es que se trata de "actos parlamentarios en sede parlamentaria que disfrutan de la prerrogativa de inviolabilidad, lo que excluye la responsabilidad penal en todo caso".