El periplo de la causa penal contra los cinco síndics electorales del 1-O del 2017 continúa abierto. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que recibió su causa del juzgado Penal 11 de Barcelona, ha desestimado aplicarles la ley de amnistía y ha devuelto la causa al juzgado para que el magistrado aclare si realmente hay alguno de los síndics que tengan la categoría de aforado ante el TSJC. El actual magistrado de lo penal elevó la causa al TSJC, con una escueta exposición razonada, porque Tània Verge es actualmente diputada de ERC y, por lo tanto, aforada al TSJC. Por ahora, ningún tribunal quiere asumir la causa de los síndics y tampoco quiere aplicarles la norma del olvido penal, en vigor desde hace un año, a pesar de que la ley lo permite en cualquier momento procesal.
En la resolución, a la que ha tenido acceso ElNacional.cat este viernes, el tribunal -formado por los magistrados Fernando Lacaba, Jesús María Barrientos, Núria Bassols, ponente- afirman que la exposición razonada tiene “deficiencias de motivación” y reclamanal juez que la vuelva a hacer y aclare en qué momento Verge obtuvo el cargo para ser considerada aforada. Inicialmente, la jurisprudencia precisa que los aforamientos se respetarán hasta el momento en que se dicta la apertura del juicio oral, y no se podrá cambiar de tribunal. Verge fue nombrada consellera de Feminismo el 26 de mayo de 2021, es decir, después de ser juzgada. Pero sí que es aforada pocos días después de que la Audiencia de Barcelona ordenara repetir el juicio contra ellos, el mismo 2021.
Si, al final, se respeta el aforamiento, el magistrado también debería saber que otro de los síndics, Josep Pagès, es diputado por Junts en el Congreso, y por tanto aforado al Tribunal Supremo. Los otros juristas que formaron la Sindicatura del 1-O son Marc Marsal, Jordi Matas y Marta Alsina.
La opinión de la Fiscalía
En la resolución, el TSJC también recuerda que hay que pedir el parecer de la Fiscalía, sobre si se debe juzgar la causa junta o separada, además de los aforos. Además, tendrá que pronunciarse sobre la ley de amnistia.
Los miembros de la Sindicatura Electoral del 1-O fueron juzgados y absueltos en abril de 2021 por una anterior magistrada en lo Penal 11, cuando no tenían ningún aforamiento. La Audiencia de Barcelona hizo repetir el juicio, como solicitó la Fiscalía, que les pedía dos años y nueve meses de prisión por los delitos de desobediencia y usurpación de funciones públicas. La causa se mantiene encallada en este punto, a pesar de que la ley de amnistía está en vigor desde junio de 2024.
La defensa de Pagès y Matas -ejercida por Gonzalo Boye e Isabel Elbal- han reclamado al juez del Penal 11 que no demore más su resolución. Por su parte, Ramon Setó, abogado de Verge y Marsal, exigió que se les aplicara la amnistía, y junto con Benet Salellas, abogado de Alsina, pidió celebrar una vista para aclarar su situación y que se archivara la causa contra ellos. Setó ha pedido hasta tres veces que se les aplique la amnistía; también al TSJC. Nada se ha aceptado.