El intento de la cofundadora de Vox de desmentir la violación grupal de dos menores de edad le ha acabado pasando factura. Cristina Seguí, efímera dirigente de los ultraderechistas en el País Valencià, está siendo investigada por el Juzgado de Instrucción número 6 de València por la publicación de un vídeo de las dos menores que denunciaron una violación grupal en la localidad de Burjassot (Horta Nord) el pasado 16 de mayo. En el marco del caso se detuvo a siete menores de entre 15 y 17 años y a un joven de 18 por su supuesta relación con las agresiones sexuales, aunque todos ellos quedaron en libertad vigilada. Ese mismo mes de mayo, la sección de delitos de odio, dirigida por la fiscal Susana Gisbert, inició las diligencias de investigación penal contra Seguí por la difusión del vídeo tanto en su cuenta de Twitter como en la de Telegram, en los que era posible identificar a las menores. La investigación penal de la Fiscalía se sumó a la denuncia de la asociación de consumidores Facua ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Seguí difundió vídeos de las víctimas menores

En el vídeo por el cual se investiga a la exdirigente de Vox Cristina Seguí, aparecen las dos menores y otra niña amiga de ambas, también menor, en un directo en Instagram que fue grabado por el entorno de los presuntos violadores y difundido. La ultraderechista habría publicado las imágenes con el fin de 'desmontar' la denuncia de las víctimas menores. En esa grabación, las niñas comentaban que su caso había salido en televisión, que probablemente habría un juicio y que una de ellas seguramente sería citada como testigo. Según Facua, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) requirió a Seguí que borrase los mensajes en los que había insertado el vídeo, donde se mencionaba el nombre de una de las menores y el primer apellido de otra, aparecía el nombre de usuario en Instagram de una de las víctimas y, durante un momento, podían verse las caras de dos de las niñas que conversaban.

Investigada por delitos de intimidad y odio

"Aunque la denunciada borró varios de los mensajes, volvió a publicar otra versión del vídeo, esta vez con las imágenes pixeladas, lo que en cualquier caso no impedía que las menores pudiesen ser reconocidas por el resto de datos personales que aparecían en él", señala esta organización de consumidores. La Fiscalía de Valencia considera que los hechos podrían ser constitutivos de un delito contra la intimidad, tipificado a partir del artículo 197 del Código Penal, y un delito de odio, recogido en el artículo 510.1.  Facua, según ha informado este viernes, aportó a la Fiscalía certificados digitales de los mensajes publicados por la denunciada en Twitter y Telegram.