Un informe jurídico municipal avala la decisión del pleno de Girona que el pasado 24 de octubre declaró persona 'non grata' el rey Felipe VI. De esta manera, descarta los argumentos expuestos por el grupo municipal de Ciutadans (C's), que interpuso un recurso de reposición porque considera que el ayuntamiento es "manifiestamente incompetente" para impulsar una medida que sólo pueden adoptar los estados y en el marco de las relaciones diplomáticas. El informe elaborado por los servicios jurídicos del ayuntamiento concluye que la declaración no es "en absoluto contraria a derecho" porque los concejales emitieron un "juicio de valor" que no tiene "efectos jurídicos de ningún tipo". "No proceden las causas de nulidad", sostiene al abogado.

El pleno del 24 de octubre del 2017 aprobó, por amplia mayoría, declaró al rey Felipe VI persona 'non grata' en la ciudad de Girona. Diecisiete de los concejales (los de los grupos de CiU, ERC y la CUP), dieron apoyo en el punto quinto de la moción, que reprochaba al monarca su "falta de neutralidad" en el discurso del 3 de octubre, durante el cual no hizo ninguna referencia a los heridos durante las cargas policiales durante la celebración del referéndum. El PSC se abstuvo y los grupos del PPC y C's votaron en contra.

El grupo municipal de Ciudadanos interpuso un recurso de reposición pidiendo que se anulara el acuerdo de lleno porque consideraba que el ayuntamiento no tiene competencias para declarar al rey persona 'non grata'. "Es una figura jurídica que nace en el ámbito de las relaciones internacionales, regulada como un mecanismo empleado por los Estados en el ámbito de sus relaciones diplomáticas", exponía C's al recurso. El partido recogía jurisprudencia de sentencias del Tribunal Supremo y de los Tribunales Superiores de Justicia para apoyar la petición de "nulidad radical" del acuerdo. "Han venido resolviendo, reiteradamente, que las declaraciones de persona non grata efectuadas fuera del contexto de las relaciones internacionales no tienen apoyo normativo ni garantía procedimental", exponían.

Además, el partido también argumentaba que, con esta resolución, el ayuntamiento estaba "menoscabando" la figura del rey porque es un calificativo que "esconde un claro menosprecio". El grupo municipal consideraba, por eso, que no se podía admitir la decisión aprobada como un acuerdo "de carácter extrajurídico" como si fuera una "mera declaración retórica". El recurso de C's ya tiene respuesta de los servicios jurídicos municipales. El informe, firmado por un abogado municipal, propone "desestimar" el recurso de reposición y considera que la actuación del pleno tiene validez. "Se trata de un conflicto institucional y de alto contenido político más que de una declaración que pueda afectar con un daño evaluable", resuelve el informe.

En este sentido, considera que los diecisiete concejales que apoyaron este punto de la moción emitieron "un juicio de valor" y lo hicieron ejerciendo su cargo público. Además, añade que se trata de una decisión que no tiene "ningún efecto jurídico". De esta manera, rechaza que el ayuntamiento esté "estigmatizando" la figura del rey o causando daños en su "imagen, bienes, profesión o patrimonio". "En el presente caso, la persona objeto de la declaración es el jefe de estado y deriva más la cuestión a un conflicto entre instituciones", resalta el abogado, que subraya que el pleno declaró a Felip VI persona 'non grata' "por el contenido del discurso del 3 de octubre" y no en relación a una función del monarca. Por eso, el informe también descarta que el ayuntamiento esté sobrepasando sus competencias porque "se trata de una declaración de voluntad de un conjunto de cargos electos que va dirigida a manifestar un sentimiento o un deseo, más allá que ideológicamente esté o no de acuerdo". "El derecho administrativo condiciona y limita la actividad administrativa pero no la de una declaración de diecisiete cargos electos sin efectos jurídicos de ningún tipo", concluye el informe.