La fiscalía pide para los once CDR sentados y encadenados febrero del 2018 en las puertas del Palau de Justicia 2,5 de prisión por un delito de desórdenes públicos o bien 1 año por resistencia y desobediencia a la autoridad. La fiscal ha introducido esta alternativa en las conclusiones del juicio a trece CDR, que ha tenido lugar este miércoles y jueves. La fiscalía ha mantenido la solicitud de 1 año de prisión por desobediencia y resistencia a la autoridad para los otros dos procesados, que habrían dado patadas y puñetazos a mossos mientras los desalojaban de la calle. La fiscal ha afirmado que con aquella acción "se pretendía atacar directamente contra uno de los poderes" del Estado; para las defensas, fue "expresión pura" de derechos fundamentales.

En su informe final, la fiscal ha sostenido que los hechos que ocurrieron hace dos años en las puertas del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) son constitutivos de desórdenes públicos, pero ha argumentado que, si no se aprecia este delito, también se pueden considerar resistencia a la autoridad: "Hay más que una mera desobediencia, hay una resistencia activa utilizando estos elementos físicos como son las cadenas y los candados". La fiscalía, que es la única acusación en el juicio, ha afirmado que con aquella acción se pretendía "bloquear" el TSJC como poder del Estado democrático de derecho y que no se trataba "simplemente de expresar un desacuerdo con unos procesos judiciales que se siguen en otros órganos o un desacuerdo político".

Por su parte, los abogados de las defensas, que piden la absolución de los acusados, han afirmado que "en las puertas del Palau de Justicia no se cometió ningún delito, sino la expresión pura y genuina de un ejercicio de derechos fundamentales". "La respuesta a lo que pasó aquí no la encontramos en el Código Penal", ha recalcado el letrado Xavier Monge, que ha razonado que si se quiere dar una calificación jurídica a aquellos hechos se tiene que recurrir al Convenio Europeo de Derechos Humanos; la Declaración Universal de Derechos Humanos o a los artículos 20 y 21 de la Constitución Española.