El Tribunal Supremo ha confirmado la absolución del exprimer teniente de alcalde de Badalona Jose Téllez, por la encartelada del 1-O. Después de un acto de Òmnium Cultural en que la policía había requisado carteles, Téllez los sacó del vehículo de la Guardia Urbana y les volvió a colgar, un hecho por el cual fue acusado de desobediencia.

En primera instancia, la justicia la había condenado por desobediencia, pero la Audiencia de Barcelona estimó el recurso de Téllez y lo acabó absolviendo. Entonces, la Fiscalía presentó un recurso al Supremo al considerar que "la desobediencia lo que realmente tiene que suponer es una conducta llamada terminante, dirigida a impedir el cumplimiento de lo que se dispone de manera clara y contundente". Hoy, el Supremo ha desestimado la petición y argumenta que el relato de los hechos probados de la sentencia "no concreta que el acusado hubiera recibido o fuera destinatario de ningún orden" y que, por lo tanto, no se puede considerar que haya desobediencia.

"Ni siquiera los agentes, ante la actitud del acusado, le ordenaron que cambiara de actitud ni tampoco las instrucciones de la fiscalía tenían a José Antonio Téllez Oliva como destinatario", relata el Supremo. A pesar de admitir que los hechos son antijurídicos, el tribunal asegura que no pueden ser un tipo de delito penal, ya que Téllez no era el destinatario del orden.

El caso

Los hechos se remontan por la noche del 25 de septiembre del 2017, pocos días antes del referéndum del 1-O, cuando Téllez recriminó a la Guardia Urbana que retirara unos carteles y los cogió del coche policial y los volvió a repartir entre los que los estaban colgando. Los hechos se produjeron ante la presencia de Cuixart, que estaba en Badalona por un acto de Òmnium Cultural. Cinco personas habían colgado tres carteles en la céntrica avenida Francesc Layret de Badalona con los lemas "Hola Europa" y "Hola República", que incluían la palabra "sí".

Juicio Jose Tellez Ciudad de la Justicia - Sergi Alcàzar

Imagen: Jose Téllez en la entrada de la Ciutat de la Justícia / Sergi Alcázar

En aquel momento, estaba vigente una orden de la fiscalía que ordenaba en todos los cuerpos policiales, incluidos los locales, que decomisaran todos los elementos que sirvieran para preparar, instar a la participación y hacer difusión del referéndum.

En primera instancia, lo condenaron por desobediencia a pagar una multa de casi 4.380 euros para retirar los carteles del coche policial. Pero Téllez recurrió a la Audiencia de Barcelona, que le dio la razón y lo absolvió. Según la argumentación de la Audiencia, no constaba ningún "requerimiento expreso" hacia él para que no cogiera el material de dentro del coche. Además, el tribunal creía que "no hay prueba de cargo" para enervar la presunción de inocencia y, en consecuencia, estimó el recurso de Téllez y lo absolvió.

Imagen principal: Jose Téllez en la entrada de la Ciutat de la Justícia / Sergi Alcázar