El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha asegurado que los Estados miembros son los competentes para aprobar una ley de amnistía y que la aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez, con los grupos independentistas catalanes, es respetuosa con el derecho de la Unión y que los tribunales deben aplicarla. El TJUE ha dictado dos sentencias.
Aquí puede consultar la primera resolución, en la que el TJUE responde al Tribunal de Cuentas que puede aplicar la amnistía a los presidents Carles Puigdemont y Artur Mas y a 33 excargos de sus gobiernos, juzgados por su supuesta responsabilidad contable en el gasto del 1-O y de la promoción exterior de Catalunya, entre los años 2011 y 2017. Se les reclamaba unos 5 millones de euros.
En la segunda resolución, el TJUE contesta a la Audiencia Nacional que también puede aplicar la ley de amnistía a los 12 CDR, de la operación Judas, acusados de terrorismo, por haber realizado movilizaciones independentistas y que fueron detenidos en 2019. Consúltela.
El presidente del tribunal, el magistrado belga Koen Lenaerts, ha leído el fallo de la sentencia, y ha afirmado que el tribunal "no se opone a una ley nacional de amnistía para reducir tensiones institucionales y políticas y facilitar un escenario de reconciliación". También ha explicado el contenido de las sentencias en un vídeo.
