Primer pronunciamiento de la justicia sobre las restricciones a la Comunidad de Madrid. La sala contenciosa-administrativa de la Audiencia Nacional ha desestimado las medidas cautelarísimas solicitadas por un abogado particular. Todavía tiene que resolver sobre las medidas cautelares solicitadas por el gobierno de Isabel Díaz Ayuso, que implica escuchar las partes. Tanto el particular como el ejecutivo recurrieron el acuerdo del Consejo Interterritorial de Sanidad, que imponía medidas para las grandes ciudades españolas en caso de una incidencia acumulada superior a los 500 casos por cada 100.000 habitantes.

En el auto, la sala contenciosa sostiene que no se dan las razones de especial urgencia para suspender inmediatamente el acuerdo sin escuchar a la otra parte, que es la Abogacía del Estado. En este sentido, subrayan que son necesarias "circunstancias que pongan de manifiesto una urgencia excepcional o extraordinaria de mayor intensidad que la normalmente exigible para la adopción de medidas cautelares".

Por otra parte, después de analizar las resoluciones impugnadas, la Audiencia Nacional argumenta que van dirigidas a las comunidades autónomas, que son las que tienen que adoptar unas medidas mínimas cuando se den una serie de circunstancias. Es "necesaria" la actividad de estas comunidades. Por este motivo, el tribunal concluye que el acuerdo de la Inteterritorial "no produce la afectación directa de los derechos fundamentales" de los ciudadanos, sino que esta puede venir después.

Por todo esto, la sala segunda ha decidido rechazado la medida cautelarísima y abrir una pieza separada de medidas cautelares para solicitar el informe de la Abogacía del Estado antes de pronunciarse sobre el fondo de la cuestión. Las mismas medidas cautelares que pidió el gobierno de Isabel Díaz Ayuso, que finalmente rechazó pedir cautelarísimas.