El Tribunal Constitucional ha rechazado este miércoles por prematuro la admisión a trámite del recurso de amparo del Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la decisión del Tribunal Supremo de suspender el derecho a voto de las personas nacionalizadas por la ley de nietos que no hayan podido demostrar que descienden de exiliados del franquismo. Se ha pronunciado de esta manera una amplia mayoría de los magistrados: diez votos se han impuesto a los dos pronunciamientos de los progresistas Ramón Sáez y el exministro socialista Juan Carlos Campo. El Constitucional argumenta que todavía no se ha agotado la vía de la jurisdicción ordinaria, dado que el Supremo dio un plazo a los afectados para que se personaran y formularan alegaciones contra la suspensión cautelar, que termina este jueves. Es decir, el tribunal considera que no puede intervenir en este momento, ya que se trata de un procedimiento en curso.
El Defensor del Pueblo pidió al Constitucional anular inmediatamente y de manera cautelarísima las resoluciones del Supremo, y que ordenara a la Junta Electoral Central mantener la inclusión en el censo de los españoles residentes en el extranjero (CERA) para que pudieran votar en las próximas elecciones generales. El organismo que preside Ángel Gabilondo advirtió que las elecciones son el 29 de noviembre, lo que implica una altísima dificultad para aplicar esta suspensión del derecho a voto a algunos miembros del censo.
A su parecer, la decisión del Supremo vulnera los derechos a la igualdad, a la participación política y a la tutela judicial efectiva. El objetivo, señalaba, es restituir el derecho de voto de más de 160.000 ciudadanos, ya que "el vínculo entre ser español y el voto es indisoluble". Y destacaba que "ni siquiera el Código penal prevé la pena de pérdida del sufragio activo (escoger), sino del pasivo (ser escogido)".
El Gobierno pide una "decisión definitiva contra la suspensión masiva del derecho de voto con una medida cautelar"
Fuentes del Gobierno señalan que respetan la decisión tomada este miércoles por el tribunal de garantías, pero destacan que la decisión del Pleno "se limita a motivos procedimentales y no aborda el fondo de la cuestión". Dicho esto, desde el ejecutivo presidido por Pedro Sánchez insisten en que hay que "defender que todos los nacionales españoles tienen derecho a voto, el derecho más sagrado en una democracia". "Confiamos en que la decisión definitiva deje claro que no se puede suspender masivamente el derecho de voto con una medida cautelar, sin sentencia firme y sin escuchar a cada una de las personas afectadas, y que no puede haber ciudadanos de segunda categoría con derechos diferentes", añaden desde el palacio de la Moncloa.
La polémica por la ley de nietos
La denominada ley de nietos hace referencia a una disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022, que permite obtener la nacionalidad española a los hijos y nietos de ciudadanos que sufrieron el exilio. Una instrucción del Ministerio de Justicia publicada ese mismo año establecía que se podía dar por acreditada esta condición en los antepasados que hubieran salido de España entre 1936 y 1955. Este es el origen de la polémica: los detractores de la norma sostienen que facilita el acceso a la nacionalidad a descendientes que no cumplen los requisitos, mientras que el Gobierno defiende que esta presunción es necesaria ante la dificultad de documentar las circunstancias del exilio político.
Admitida a trámite una denuncia contra la hermana de Óscar Puente por la ley de nietos
Esta instrucción ministerial fue redactada por Sofía Puente, hermana del ministro Óscar Puente. Este miércoles, una jueza de Madrid ha admitido a trámite una querella contra ella presentada por la asociación Hazte Oír. La denuncia es por una presunta prevaricación administrativa en la instrucción dictada en 2022, cuando era directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública. La jueza ha hecho caso omiso del criterio de la Fiscalía, que era favorable a archivar el caso.
En el auto, la jueza Inmaculada Lova señala que los hechos "presentan características que hacen presumir la posible existencia de un delito de prevaricación administrativa". Por ello, considera procedente abrir diligencias previas para determinar su naturaleza, las circunstancias y las personas que intervinieron. Según Hazte Oír, la instrucción "permitió acceder a la nacionalidad sin acreditar el exilio en supuestos en que la ley exigía este requisito" y "desbordó" el alcance de la norma.
Fuentes del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes lamentan "el uso de las instituciones" que hacen asociaciones ultraderechistas como Hazte Oír. "Es evidente que el verdadero objetivo de la extrema derecha con este tipo de actuaciones es socavar la confianza en nuestro sistema, recortar masivamente derechos constitucionales e intimidar a las personas comprometidas con los valores progresistas y democráticos", manifiestan desde el departamento liderado por el ministro Félix Bolaños.
