El presidente del PP, Pablo Casado, ha lamentado que "la Fiscalía se haya puesto del lado de Puigdemont después de que nosotros hubiésemos presentado una demanda ante la Junta Electoral para que no se presentara a las elecciones europeas". Casado ha reiterado que estamos ante una nueva ocasión dónde "el Gobierno de España se pone del lado de los que están fugados de la Justicia".

En un acto político celebrado en O Pino (A Coruña), Casado ha criticado que el organismo haya pedido que se estimase el recurso de Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí contra su exclusión de la candidatura europea de JxCat, en la que ocupaban los números 1, 2 y 3, al creer que se vulnera "el derecho fundamental de sufragio pasivo" que tienen los políticos huidos.

La JEC, sin unanimidad, estimó que la lista era una "burla" a la ley al pretender concurrir a los comicios pese a estar huidos de la justicia española; y alegó que los tres incumplían la normativa electoral al no ser residentes de las localidades en las que están empadronados, cuando la inscripción en el censo electoral es "un requisito indispensable" para ejercer el derecho al sufragio activo y también al pasivo.

Para la Fiscalía, esa interpretación restringe el derecho fundamental al sufragio pasivo de los recurrentes, cuando la doctrina del Tribunal Constitucional "impone el deber de optar por la interpretación más favorable" al ejercicio de los derechos fundamentales.

El Tribunal Supremo será el órgano que decidirá ahora sobre el recurso presentado por Puigdemont, Comín y Ponsatí y deberá pronunciarse sobre si pueden o no presentarse a las elecciones al Parlamento Europeo del próximo 26 de mayo.

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid, junto con los 9 y 21, donde han recaído recursos idénticos de los tres políticos catalanes huidos, ha resuelto elevar a la Sala Tercera del TS la decisión que corresponda adoptar.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), los tres juzgados de lo contencioso entienden que el Tribunal Supremo, al que también recurrieron los demandantes, debe pronunciarse porque el recurso plantea cuestiones que afectan tanto a la inelegibilidad de los candidatos como a la proclamación de las candidaturas