El CAC ha estirado las orejas al Govern por la campaña "Tenim clara la nostra destinació" (tenemos claro nuestro destino, en castellano), emitida por TV3 el 7 de marzo y tanto por Catalunya Ràdio como por RAC1 el 8 de marzo. En un acuerdo de este miércoles, el Consell de l'Audiovisual de Catalunya ha considerado que la campaña incluye "mensajes no permitidos que destacan la gestión del ejecutivo catalán". "La campaña no se adecua a la normativa porque destaca la gestión o los objetivos alcanzados por la Generalitat en diferentes aspectos relacionados con la obra de gobierno", ha añadido.

En el anuncio televisión aparece un tren que avanza mientras una voz en off y unas sobreimpresiones enumeran hitos supuestamente conseguidos por el Govern, haciéndose suyos algunos logros como la amnistía, el proceso de oficialidad del catalán en la Unión Europea y su uso en el Congreso de los Diputados. "El discurso se refuerza con varias expresiones en primera persona del plural que solo se pueden asociar con la acción del Govern de la Generalitat", ha indicado la autoridad reguladora, como viniendo a decir que la campaña excluye el papel que han tenido otras fuerzas políticas como Junts a la hora de conseguir estos hitos.

Petición a la CCMA y RAC1 para retirarlo

Así, el CAC ha pedido tanto a la CCMA como RAC1 la retirada de la campaña. Concretamente, les ha reclamado "el cese inmediato o modificación" de los anuncios. Si bien ha recordado que los prestadores de los servicios de comunicación audiovisuales no incurrirán en responsabilidad administrativa cuando emitan comunicaciones comerciales elaboradas para personas ajenas al prestador y que supongan una infracción de acuerdo con la normativa vigente sobre publicidad, la autoridad reguladora sí que ha insistido en el hecho de que "el precepto mismo prevé que en estos supuestos el prestador tendrá que cesar en la emisión de esta comunicación comercial al primer requerimiento de la autoridad audiovisual".

El CAC cita dos leyes para fundamentar su decisión: la Ley 13/2022, de 7 de julio general de comunicación audiovisual (LGCA), que establece que las comunicaciones comerciales relativas a publicidad institucional se rigen por su normativa específica; y la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Catalunya (LCA) establece, en el apartado 2 del artículo 109, que establece que la publicidad institucional no puede promover ni desarrollar campañas que tengan como finalidad destacar la gestión o los objetivos alcanzados por los poderes públicos. "En el mismo sentido, la Ley del Estado 29/2005, de 29 de diciembre, de publicidad y comunicación institucional, que tiene el carácter de legislación básica, establece la misma restricción", ha añadido.

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