"El Derecho penal no es una bitácora moral. El artículo 4.3 del Código Penal (indulto) no exige, en ningún momento, ni arrepentimiento ni 'reeducación' para su aplicación. Introducir tales requisitos por vía interpretativa es tanto como legislar desde un despacho fiscal. Un intento de reinterpretación moralizadora que no encuentra anclaje ni en la letra ni en el espíritu de la norma." Es la contundente respuesta del penalista Gonzalo Boye a la Fiscalía Superior de Catalunya, que el lunes anunció al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que se opone al indulto parcial o total de la expresidenta del Parlament y de Junts, Laura Borràs.
Según el escrito en el cual ha tenido acceso ElNacional.cat este martes, el abogado de Borràs también reprocha a la Fiscalía que se invente un trámite procesal porque no presentó en el Tribunal Supremo recurso contra la condena que el TSJC impuso a Borràs, y ahora se opone a su perdón penal. Por ello, Boye pide al TSJC que se incorpore su escrito en el expediente y que no se tenga en cuenta el posicionamiento de la Fiscalía porque es un "fraude procesal".
Indulto impulsado por el TSJC
El TSJC condenó a Borràs a cuatro años y seis meses de prisión y 13 años de inhabilitación a cargo público porque cuando era directora de la Institució de las Lletres Catalanes (ILC) concedió dieciocho contratos fraccionados a un amigo para que hiciera la web de la ILC. El mismo TSJC, en la sentencia, indicó que pediría el indulto parcial de Borràs al Gobierno para que le reduzca la condena a 2 años de prisión para evitar que entre en un penal. La Fiscalía aceptó la suspensión, solo para la pena de prisión, hasta obtener una respuesta del Gobierno de Pedro Sánchez.
Y en un crítico escrito, la fiscal Assumpta Pujol -avalada por sus superiores- pide ahora que no se aplique la amnistía a Borràs porque no ha admitido la autoría del delito -la juntaire afirma que es víctima de lawfare-; la pena no es excesiva porque es "corrupción administrativa", e incluso afirma que podría reincidir en "abuso de poder" porque ahora es profesora de la UB.
"Ningún delito de corrupción"
Además de "deformar" el Código Penal, Gonzalo Boye denuncia que el Ministerio Fiscal "se lanza a una empresa todavía más ambiciosa: inventarse un tipo penal inexistente en el Código". Y añade: "Hablamos de la así llamada 'corrupción administrativa', categoría fantasmal no reconocida por el legislador, que solo sirve para dramatizar el relato acusatorio y reforzar un discurso extrajurídico más propio de la editorial de un diario que de una alegación fiscal."
El penalista manifiesta que "esta invención no busca aclarar el derecho aplicable, sino proyectar una imagen estigmatizada de Borràs, en beneficio de intereses que difícilmente pueden calificarse de jurídicos", e insiste que "Borràs no fue acusada de ningún delito relacionado con la corrupción".
La defensa de la expresidenta de Junts hace meses que pidió que se tramite de forma urgente su indulto, y el TSJC, una vez recibidas las respuestas de las partes, enviará este expediente gubernativo (el 1/2025) al Gobierno para que sea debatido y aprobado por el Consejo de Ministros.