La Audiencia Nacional (AN) ha desestimado un recurso del abogado Gonzalo Boye en el cual alegaba que el órgano jurisdiccional no era competente para juzgarlo por un presunto delito de blanqueo de capitales en el marco de la llamada 'Operación Mito', que investiga la supuesta entrada al Estado español de casi cuatro toneladas de cocaína encabezada por el que también es su cliente, José Prado Bugallo, el narcotraficante más conocido como Sito Miñanco.

En el auto enviado este jueves, la sala de Apelación confirma la resolución dictada el pasado julio por la sección tercera de la Sala de lo Penal en la cual Boye pedía que se aceptara la excepción de cosa juzgada. Es decir, alegaban que no se les tenía que juzgar por el delito de blanqueo de capitales porque ya se habían sentado anteriormente en el banquillo de los acusados por hechos similares a los de la Operación Mito. El abogado consideraba que los hechos de los cuales lo acusan ya se habían juzgado en un procedimiento contencioso-administrativo abierto a raíz de la intercepción de dinero que llevaban los investigados en las maletas en el Aeropuerto de Barajas.

La solicitud de Boye, también rechazada en julio, también incluía una petición de declinatoria de jurisdicción de la Audiencia Nacional. Dicho de otra manera, que la AN, no era competente para juzgar los delitos de blanqueo de capitales. Pues bien, la Sala de Apelación argumenta que, aunque la ley no contempla la competencia del tribunal para este tipo de delitos, sí que la tiene "cuando existe conexidad con otros delitos cuya investigación se atribuye a este tribunal", en referencia al de narcotráfico en el marco de una organización criminal.

Según la resolución, en la línea de lo expuesto por la Fiscalía Antidroga en el escrito de acusación y el juez de instrucción en el auto de procesamiento, Boye ayudó a Sito Miñanco a recuperar el dinero intervenido en el Aeropuerto de Barajas a principios de febrero de 2017. Por estos hechos, el ministerio público acusa al abogado de blanqueo de capitales, cometido en el seno de una organización criminal establecida a partir del narcotráfico, en concurso con un delito continuado de falsificación de documento oficial.

"Por todo eso, una vez fijado el objeto del proceso en los términos expuestos, la conexidad entre los hechos por los cuales se acusa a Gonzalo Boye Tuset y el eventual delito antecedente contra la salud pública se hace evidente, según el Ministerio Fiscal, queda atribuida la competencia a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional", finaliza la resolución. Ahora las partes tienen la posibilidad de registrar un recurso de casación contra la resolución ante el Tribunal Supremo.

La Operación Mito

La operación de la Audiencia Nacional investiga la red que supuestamente dirigía Miñanco, según la cual el narcotraficante habría intentado introducir a España más de 4.000 kilogramos de cocaína en dos operaciones diferentes que fueron interceptadas por los investigadores que les seguían los pasos desde el 2016. Según el juez, la organización se dedicaba principalmente a la importación y la distribución de droga (sobre todo cocaína) y a blanquear dinero.

Por su parte, en opinión del juez, Boye fue el supuesto encargado del operativo para recuperar 889.620 euros que la policía había incautado a miembros de esta organización en el Aeropuerto de Madrid.