Hay dos juzgados que investigan al mismo tiempo gastos para el procés de independencia de Catalunya, un hecho proscrito legalmente. Esta es una de las conclusiones de la Audiencia de Barcelona para acordar que la causa contra el exsecretario general del consorcio público-privado Diplocat, Albert Royo, y contra el exsecretario de Acción Exterior, Aleix Villatoro (ERC), que el juzgado de instrucción 18 de Barcelona aceptó investigar en mayo del 2021, a partir de una denuncia de la Fiscalía, finalmente se unifique en el juzgado de instrucción 13 de Barcelona, que los investigó primero y los procesó junto con una treintena de exaltos cargos y empresarios por la organización del 1-O. La abogada de Royo, Judit Gené, y el de Villatoro, Ramón Setó, han insistido en esta unificación desde el primer momento porque afecta a su derecho de defensa y podía implicar un mayor castigo con dos procedimientos paralelos por "hechos conexos". Esta resolución implica que la investigación al exconseller Raül Romeva, por una única subvención de 40.000 euros en la Federación de Organizaciones Catalanas Internacionalment Reconegudes (FOCIR) el año 2016, que aprobó con Villatoro, también sea unificada en el juzgado de instrucción 13. Además, desbloquea los dos procedimientos, parados hace un año, pero también supone nuevos trámites, que implicará más retraso para juzgar la macrocausa del 1-O. Por su parte, la titular del  juzgado de instrucción 18 mantendrá la causa de Exteriores sobre gastos de la época del gobierno de Artur Mas e incluso del 9-N de 2014, que recientemente ha ordenado reabrir la Audiencia de Barcelona.

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El exsecretario general del Diplocat, Albert Royo, cuando declaró como testigo|testimonio en el juicio en el Supremo. / Foto: Efe

En la resolución, a la cual ha tenido acceso ElNacional.cat, la sección segunda de la Audiencia de Barcelona razona que -como exponían las defensas y en contra de la opinión de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado- "hay conexidad de los supuestos investigados", ya que coinciden -cómo fija la ley- dos o más personas en lugares y tiempos diferentes ante la existencia de indicios de una voluntad concertada, que en este caso es el procés de independencia de Catalunya, y para facilitar su ejecución. Además, el tribunal afirma que "la sala patentiza, analizando los dos procedimientos, que respecto de algunos de los procesados investigados no se puede descartar la figura de la continuidad delictiva con respecto a algunos delitos como el de malversación o prevaricación" y por eso "aconseja su investigación conjunta".

El informe del Tribunal de Cuentas

En la vista sobre la competencia de los dos procedimientos, celebrada el 1 de febrero pasado, los abogados insistieron en la vulneración del derecho de defensa que ocasionaría a Royo y Villatoro mantener dos procedimientos separados, y que les podría implicar penas más elevadas. Además, Setó denunció "la mala fe de la Fiscalía" por haber presentado la nueva denuncia contra la acción exterior, de acuerdo con un informe del Tribunal de Cuentas que ya estaba aportado al juzgado de instrucción 13 de Barcelona, y una vez este tribunal cerró la investigación y dictó el procesamiento de los investigados en abril de 2019.

Las fiscales y la abogada del Estado defendieron que se investigaban hechos delictivos diferentes: en el juzgado de instrucción 13 hay 27 procesados por los preparativos del 1-O, mientras en el juzgado 18 se investigan 10 personas por "hechos más amplios", como un supuesto fraccionamiento de subvenciones y "vulnerar la normativa de la contratación pública" entre los años 2013 y 2017. Sin embargo, el tribunal -formado por los magistrados José Carlos Iglesias, María Carmen Hita y Francisco Javier Molina- ha dado ahora la razón a los abogados defensores al asegurar que la magistrada del juzgado de instrucción 18 de Barcelona, al admitir a trámite la denuncia de la Fiscalía, en mayo de 2019, afirma que el Tribunal de Cuentas, en su informe del periodo 2011 en el 2017, sostiene que hay gastos "ajenos a las finalidades de proyección y promoción exteriores del conjunto de Catalunya, que implicaba el uso de fondos públicos que contravenían el reparto constitucional de competencias y que su objetivo primordial fue dar a conocer, impulsar y obtener el apoyo internacional al llamado procés".

La sala también sostiene que la investigación de los hechos del juzgado de instrucción 13 empiezan a partir del 2012, aunque se han centrado en la organización del 1-O del 2017. Añade que "resulta evidenciado la conexidad de ambos procedimientos", cuando la magistrada Carmen Garcia descarta investigar seis gastos que solicita la Fiscalía porque el Tribunal de Cuentas "no aporta ninguna evidencia que las irregularidades trasciendan al ámbito penal, ni que los gastos abonados excedan del marco competencial de la Generalitat en la acción exterior. Ninguno de estos hechos aparece vinculado a la promoción de un procés independentista. Son irregularidad de tipo contable", sostenía a la titular del juzgado de instrucción 18 de Barcelona.

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Aleix Villatoro y el exconseller Raül Romeva, cuando fueron a declarar al juzgado. /Foto: Sergi Alcazar

Once hechos del procés

Por todo eso, la Audiencia concluye que hasta 11 hechos investigados en el juzgado de instrucción 18 de Barcelona concluye (el 5, 6°, 7°, 8°, 9°, 10°, 11°, 12°, 14°, 15°, y 18° enumerados por la fiscalía) "guardan relación en mayor o menor medida con el procés separatista desarrollado desde el 2011 hasta el 2017 en Catalunya, como se patentiza de su lectura y que ya era objeto de investigación en el juzgado de instrucción 13 de Barcelona". Añade que las subvenciones para la FOCIR (hechos 10 y 11) "no reflejan esta evidente conexión con el procés soberanista como el resto", pero sí el razonamiento jurídico del juzgado que asegura que la concesión de estas subvenciones supuestamente contraviniendo las normas de contratación pública "sustenta la sospecha de que estas subvenciones estaban dirigidas a promocionar la imagen de país, objetivo de la acción exterior, sino a internacionalizar el procés hacia el derecho a decidir".

Macrocausa aceptada

Finalmente, el tribunal se declara "plenamente consciente de que con esta resolución "se produce un aumento de la complejidad de la causa del juzgado de instrucción 13 de Barcelona", al ampliarse los hechos y los investigados, aunque añade que eso "no es exclusivo de este procedimiento y que no impide su enjuiciamiento", y que con las reformas legislativas operadas respecto a varios tipos penales "se han multiplicado las llamadas macroaucses" para juzgar.

Ciertamente, ahora la magistrada del juzgado de instrucción 13 de Barcelona, Alejandra Gil, tendrá que asumir más procesados y redactar una nueva resolución de procesamiento, que aleja todavía más la fecha de juicio, que durante un año ha estado congelada por la resolución de la competencia. La causa del 1-O se cerró en abril del 2019 y la Fiscalía pidió reabrirla en noviembre de 2019 para incluir a más procesados, como Manuel Manonelles. Por lo tanto, el juicio a los ex altos cargos del Govern por el  1-O no se podrá celebrar este año, cuando se cumplirá el sexto aniversario del Referéndum.