La Audiencia de Barcelona ha condenado a 3 años de prisión a un joven independentista, Mario, a quien la Fiscalía pedía siete años y media prisión por los delitos de desórdenes públicos y daños por incendio en una protesta del 16 de octubre de 2019  en Barcelona, contra la sentencia del Tribunal Supremo a los líderes independentistas catalanes. Por el contrario, el tribunal ha absuelto a los otros tres jóvenes, Manuel, Roger y Carla, que fueron juzgados con el primero y a quienes la fiscal les pedía 4 años de prisión a cada uno. La sentencia no es firme y el abogado de Mario, Josep Rosell, ya ha avanzado que presentará recurso a la sala de apelaciones del TSJC, y ha avanzado que impugnará el atestado y un vídeo aportado por un agente a la vista. Aunque se mantenga la condena, el joven se librará de entrar a un centro penitenciario porque ha sido condenado por dos delitos (por desórdenes a 2 años de prisión y por daños, un año) que individualmente no superan los 2 años de prisión, que es el límite legal para cumplir el castigo cerrado en un penal.

En la sentencia, conocida este viernes, el tribunal de la sección tercera sostiene que no es que dude de la credibilidad de los agentes de los Mossos que identificaron a Manuel, Roger y Carla, pero que no hay suficientes indicios para condenarlos por tirar piedras al cordón policial, ni pruebas objetivas. Roger, defendido por el abogado Eduardo Cáliz, de Alerta Solidaria, aseguró al tribunal que fue a la manifestación, pero que no provocó disturbios, como tampoco lo hizo Carla. Y Manuel indicó que salió de un cibercafé, cuando los tres fueron detenidos en la calle Fontanella, al ir a coger el metro.

Indumentaria llamativa

Por el contrario, la Audiencia de Barcelona manifiesta que Mario fue identificado hasta por cuatro agentes de los Mossos de Esquadra por "su llamativa indumentaria" porque llevaba un escudo con una estelada y el pelo de color azul. Lo siguieron, en su recorrido y el tribunal valida la versión de los agentes que quemó un contenedor de la basura en el paseo de Sant Joan, del cual el tribunal le hace pagar al Ayuntamiento de Barcelona. Además, lo castiga a indemnizar a un banco por haber roto un cajero automático con un palo que llevaba.

Así, la sección 3.ª afirma que Mario es autor de un delito de desórdenes públicos con la agravante de llevar un objeto peligroso, como es un palo, y le aplica la atenuante de dilaciones indebidas porque la causa estuvo parada sin que fuera provocado por él. Por el contrario, el tribunal descarta aplicarle la agravante de disfraz, como pedía la fiscalía, ya que razona que la ropa que llevaba, con el escudo y un chaleco, "lo hacía fácilmente diferenciable" por la policía y por todo el mundo, más que para esconder su identidad.