La Audiencia de Lleida dice que los comentarios sobre el 1 de octubre que hicieron los ocho maestros de la Seu d'Urgell no se pueden considerar "de ninguna manera como constitutivos del delito" y cierra el caso archivándolo.

Golpe de carpeta a uno de los casos que ponía en el tablero de ajedrez a los maestros catalanes por el proceso independentista.

El auto concluye que los hechos denunciados no son constitutivos del delito que se imputaba a los docentes. El pasado mes de febrero, el titular del juzgado de instrucción número 1 de la Seu d'Urgell archivó provisionalmente la causa penal contra seis de los ocho maestros y mantuvo abiertas las diligencias a dos profesoras de Primaria del colegio Mossèn Albert Vivas, a quien ahora también se les ha archivado el caso. La investigación continuó, el pasado 11 de abril, con la realización de las pruebas periciales en dos de los cinco niños que presuntamente se vieron afectados por los comentarios de los docentes.

Según la Audiencia de Lleida, los comentarios "desafortunados" que se pudieran hacer después del 1-O o el hecho de que, incluso, se llegara a producir "algún incidente aislado" no se pueden considerar constitutivos de un delito de odio. Concretamente, concluye que: "No tienen que ver con una promoción directa o indirecta al odio, incitada desde el centro o sus docentes". En este sentido, considera que hay que valorar el contexto en que supuestamente se produjeron y detalla que hace falta tener en cuenta que un día antes se registraron "graves incidentes" sin que estos "pudieran ser ajenos a los menores".

El auto también hace referencia a las investigaciones llevadas a cabo por el Departament d'Ensenyament a raíz de los hechos, de las cuales explica que determinaron que la convivencia en las aulas era normal. Además, también afirma que algunos padres de los menores que presuntamente se vieron afectados por los comentarios que denunciaron declararon que sus hijos "no tenían ningún problema con sus compañeros, ni con los profesores" y que iban a sus centros con total normalidad. Finalmente, también detalla que el informe que recoge los resultados de las pruebas periciales que se practicaron el pasado 11 de abril a dos menores "no dice lo contrario".

La sala concluye, por lo tanto, que no se ha producido ningún delito de odio, ya que este "requiere que exista un grupo discriminado o amenazado" y que, en todo caso, habría que contextualizar los hechos como una "extralimitación" en el derecho de la libertad de expresión. Por este motivo, ha acordado el sobreseimiento libre para los ocho profesores acusados, a los cuales, en su declaración, negaron los hechos. El pasado mes de febrero, el titular del juzgado de instrucción número 1 de la Seu d'Urgell archivó provisionalmente la causa penal contra seis de los ocho maestros y mantuvo abiertas las diligencias a dos profesoras de Primaria del colegio Mossèn Albert Vivas.

Las investigaciones se iniciaron a raíz de las denuncias presentadas por algunos padres de alumnos de la escuela Albert Vivas de la Seu d'Urgell, los cuales dijeron que sus hijos habían escuchado en clase que "la Guardia Civil es mala" o que "los Mossos d'Esquadra defendían a la gente". La dirección general de la Guardia Civil decidió comprobar si estos hechos se habían producido en otros centros educativos, como La Salle o Pau Claris. Según fuentes fiscales, la decisión de la Audiencia se puede recurrir al Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, extremo que de momento la fiscalía de Lleida está valorando.