La Abogacía del Estado considera que la jueza Carmen Rodríguez-Medel, que instruye la causa de la manifestación del 8-M y los contagios de coronavirus ha abierto una causa general contra el Gobierno y ha actuado con una "celeridad inusitada" que no se justifica por motivos jurídicos.

Así se pronuncia la Abogacía del Estado al recurso de apelación que ha presentado ante la Audiencia de Madrid contra la decisión de la jueza de abrir diligencias contra el delegado del gobierno en Madrid, José Manuel Franco, por no haber prohibido la manifestación. El escrito, en el cual ha tenido acceso El Español, sostiene que se está causando indefensión a Franco, también secretario general del PSOE a la Comunidad de Madrid.

Al escrito, la Abogacía muestra su sorpresa por el la celeridad de la magistrada al admitir a trámite la denuncia por prevaricación administrativa de un particular en pleno estado de alarma, cuándo estaban suspendidos el procedimientos no esenciales y le disuade el incumplimiento del decreto de estado de alarma.

Así insiste en que no estaba la urgencia de que habla el decreto para abrir las diligencias. Recibió la denuncia el 20 de marzo y tres días después abría el caso y encargaba a la policía judicial que lo investigara. También denuncia que se ha causado una "palmaria indefensión" del delegado del Gobierno ya que está siendo investigado sin posibilidad de defenderse, ya que el decreto del estado de alarma ha suspendido los plazos para presentar recursos hasta que se levante la alarma.

El recurso de sostiene que los hechos denunciados no son constitutivos de delito y rendiréis a la instructora que lo que pretende con su investigación "no es verificar si unos determinados indicios sueño ciertos, sino encontrar estos indicios". Así recuerda que hasta el 14 de marzo no había ninguna instrucción que prohibiera la celebración de manifestaciones o concentraciones de personas por el coronavirus. Había, afirma, recomendaciones sanitarias pero no prescripciones.

No había urgencia

Según el recurso, si las actuaciones no eran urgentes no se tuvieron que abrir las diligencias. Pero si Carmen Rodríguez-Medel las incoó "con una celeridad inusitada, de ninguna manera justificada por motivos jurídicos o procesales" tuvo que suspender el plazo para recurrir, "porque este montaje en la aplicación de las normas excepcionales genera una clara indefensión" al delegado del Gobierno.