La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado al expresidente del gobierno murciano Pedro Antonio Sánchez (PP) a tres años de prisión, una multa de 3.600 euros y 17 años y 3 meses de inhabilitación especial para cargo o empleo público como autor de dos delitos de prevaricación —el primero de ellos continuado en concurso con uno de falsedad—, en relación con la adjudicación a dedo del proyecto del auditorio de Puerto Lumbreras cuando era alcalde de la localidad. Igualmente, ha condenado como cooperadores necesarios de los delitos a la exsecretaria accidental del ayuntamiento, que ha quedado inhabilitada durante 15 años y medio, y un arquitecto por 16 años y 6 meses, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) en un comunicado.

Concurso "totalmente condicionado"

El tribunal considera probado que cuando el popular Pedro Antonio Sánchez era alcalde de Puerto Lumbreras, sabía de la existencia de subvenciones a corporaciones locales para el desarrollo de determinadas edificaciones culturales, encargó al arquitecto acusado, "verbalmente y sin previo expediente alguno de contratación" un proyecto para solicitar tal ayuda. Y, una vez ya conseguida la ayuda, convocar el concurso de proyectos, "totalmente condicionado a que el ganador fuera el arquitecto". En relación con el segundo delito de prevaricación, la Sala constata que una vez concedida la subvención, cuando el arquitecto detecta "que existía inviabilidad técnica y económica en la ejecución del proyecto" lo comunica al alcalde y junto con la funcionaria municipal, "convinieron la confección de un proyecto modificado que permitiera justificar ante la Comunidad Autónoma la inversión de la subvención e impedir el reintegro, aunque ello supusiera dejar la obra inacabada".

Un Auditorio con "tal cantidad de defectos que era inviable"

Según recoge la sentencia, el encargo verbal se completó con la redacción por el arquitecto acusado del 'Anteproyecto de Teatro Auditorio' en junio de 2006 y el posterior 'Proyecto Básico de Teatro Auditorio' de noviembre del mismo año, a construir en una parcela de la Ribera Sureste de la Rambla de Nogalte, con un presupuesto de ejecución de 6 millones. Proceso en el que ningún otro pudo participar y proyectos que, según los hechos probados, no tuvieron "entrada de registro en el Ayuntamiento y tampoco estaban visados por el Colegio de arquitectos". Ante las quejas transmitidas por el Colegio Oficial de Arquitectos de Murcia de que existía un proyecto sin que hubiera habido concurso, "el alcalde procedió a tramitar un concurso de proyectos para dar ropaje de aparente legalidad a los actos anteriormente ejecutados", subraya la resolución. La sentencia recoge que, tras la adjudicación del contrato, el arquitecto presentó un Proyecto de Ejecución que respetaba el importe económico de 6 millones, pero que contenía más edificios, destacando que "tenía tal cantidad de defectos que era inviable finalizarlo con el presupuesto del que se disponía". Con todos los defectos referidos, el arquitecto "sabía que existía inviabilidad técnica y económica" y, tras comunicarlo al alcalde, los tres acusados "convinieron la confección de un proyecto modificado que permitiera justificar ante la Comunidad Autónoma la inversión de la subvención e impedir el reintegro".