Día sí y día también conocemos nuevos casos surrealistas vinculados al mundo de la vivienda, y más concretamente en el ámbito del alquiler. El caso que ahora relataré me ha llegado de una fuente directísima y, por tanto, es absolutamente cierto. El caso se remonta un tiempo atrás, cuando un ciudadano honorable de Barcelona arrendó un local comercial, situado en el Raval de la capital catalana, a un ciudadano pakistaní. El contrato de arrendamiento fue formalizado en el año 2024 y, dada la naturaleza del local, solo podía ser destinado a un uso de almacén. Hasta aquí, todo correcto y todo legal, sin ninguna connotación especuladora ni ningún perjuicio de nadie. Todo iba bien, sin ninguna novedad ni incidencia, hasta que el Ajuntament de Barcelona notificó a la propiedad que, en aquel local, se estaba produciendo un uso fraudulento.

El inquilino, que continúa residiendo en Pakistán, había llenado el espacio de camas para meter de manera permanente al máximo número de personas

Sorprendido, el propietario se puso inmediatamente en contacto con el inquilino para aclarar la situación mediante varios requerimientos amistosos. Hay que recordar que, según la ley, el propietario de un piso o un local que tenga alquilado no puede acceder a él sin el permiso del arrendatario mientras el contrato esté vigente. Esto es así y está bien que sea así. El caso es que el propietario, intranquilo por la notificación municipal y ante la nula colaboración del arrendatario, solicitó la resolución del contrato y la entrega de las llaves. En este caso, el inquilino continuó sin responder y sin atender ninguna petición, de manera que, finalmente, gracias a las gestiones del despacho de abogados Mallart & Garcia Roqueta, se pudo acceder al inmueble. La sorpresa fue mayúscula cuando se comprobó y documentó que el inquilino, que continúa residiendo en Pakistán y, por tanto, permanece ilocalizable, había llenado el espacio de camas para meter de manera permanente al máximo número de personas, un uso que no prevé el tipo de inmueble. Como mínimo llegó a meter doce camas donde vivían personas en condiciones insalubres, de manera que convirtió el local en una infravivienda ilegal masificada. Naturalmente, el inquilino del local alquila fraudulentamente estas camas a sus ocupantes, de manera que gana mucho dinero a costa de la vulnerabilidad de estas personas y vive de estas rentas cómodamente instalado en Pakistán.

El Ajuntament de Barcelona, exhibiendo una escasa empatía y poca voluntad de entender la situación, decidió abrir un expediente contra el propietario, a quien acusaba incluso de haber hecho unas obras ilegales y le daba el plazo de un mes para derribarlas. El propietario presentó un recurso contra la resolución, alegando que en ningún caso se han hecho obras en el local y que todas las actuaciones irregulares fueron llevadas a cabo por el arrendatario sin su consentimiento ni conocimiento. No es difícil deducir que a nuestro consistorio le resulta más fácil perseguir a un ciudadano de Barcelona que está al día de sus obligaciones que no ir detrás de un hombre en Pakistán, y, por tanto, optó por la vía más fácil, pero también la más injusta. Por supuesto, el propietario ha manifestado siempre su voluntad de cooperar con las administraciones, a pesar de que se encuentra ahora en una situación de indefensión surrealista. El caso se encuentra en fase de mediación para evitar la vía judicial. Si no se alcanza una solución efectiva, con toda probabilidad interpondrá una demanda judicial por incumplimiento contractual y se pedirá el desahucio del local. Todo esto puede tardar años en llevarse a cabo y durante todo este tiempo el inquilino continuará explotando a sus inquilinos de manera fraudulenta y el propietario continuará con una inquietud permanente.

Este caso, como tantos otros que conocemos día tras día, solo favorecen un comportamiento: la progresiva retirada de los inmuebles, comerciales o residenciales, del mercado de alquiler hacia el mercado de compraventa. Un propietario, grande o pequeño, ya no solo se expone al riesgo de no cobrar el alquiler; ya no solo se arriesga a alargar un proceso judicial durante meses o años; ya no solo se arriesga a que le estropeen el piso o directamente se lo destrocen. También se somete a un sistema administrativo en el que es el principal sospechoso de todo lo que pueda pasar, con su conocimiento o sin él. La ley ampara y protege a los inquilinos, y es bueno que sea así. Siempre que, claro está, también ampare y proteja a los propietarios, como no es, precisamente, el caso que relato en este artículo. Si queremos tener, algún día, un inicio de solución a la grave crisis de la vivienda que sufrimos, convendrá que todo el mundo ponga de su parte y que todos los actores implicados se hagan suya la solución consensuada, con la Administración como garante principal de los derechos y deberes de todos. Mientras esto no ocurra, cada vez habrá menos viviendas de alquiler y cada vez el problema será más grave.