1 de enero. Todo a punto para que entre en vigor la ordenanza del civismo de Barcelona que renueva la de Joan Clos, cuyo mérito en la alcaldía de la capital de Catalunya se resume en la frase “hay que salir meado y cagado de casa”. Habrá multas más caras y se amplía lo que se consideran actitudes incívicas. Una de ellas es no diluir con agua los orines de los perros. La otra, no poder ir vestido de pene por la calle. Hablemos de ello.
Sobre los orines de los perros, la Guardia Urbana podrá poner multas de hasta 300 euros, no a los perros, sino a los humanos que no diluyan con agua sus meados. Los de los perros, no los de los humanos. Afortunadamente, si es un perro guía, no se obligará al amo a hacerlo. En cuanto a los orines de los animales bípedos, los humanos, si te pillan haciendo pis en calles estrechas, en monumentos o edificios catalogados o en lugares concurridos de ocio nocturno, las multas podrán llegar hasta los 750 euros. Fuera de estos ámbitos queda en el módico precio de 300 euros.
En este punto ha entrado en juego Arrels, que ha puesto sobre la mesa una realidad con la que estas Navidades nos hemos dado de bruces en Badalona. La fundación considera que se ha perdido una oportunidad para que Barcelona cumpla con las recomendaciones de la ONU, que insta a los gobiernos a hacer políticas que tiendan a la descriminalización de la pobreza. Y dormir en la calle, lavarse en una fuente, dormir en el mobiliario urbano o hacer sus necesidades en el espacio público, se hace difícil de evitar para las personas que viven en la calle. Por eso, Arrels pedía garantizar que los espacios públicos sean seguros para todas las personas, reconociendo que son espacios esenciales para la supervivencia de las personas sin hogar y que, en consecuencia, deben estar equipados con servicios esenciales para sus necesidades. Tendrán que esperar.
¿Por qué motivo uno puede ir por la calle vestido de oreja, de mano o de dedo del pie y no de pene o de vulva?
Después, hay sanciones con las que no puedes estar más de acuerdo, como la de prohibir las rutas etílicas de guiris desagradables. La ordenanza de civismo del 2005 no recogía esta prohibición porque la plaga no había llegado a tal extremo. De modo que la promoción y organización de estas rutas se puede llegar a penalizar con 3.000 euros. Y, en cuanto a los botellones, hacerlos en la vía pública ya conllevaba multas de entre 100 y 600 euros, pero ahora la sanción será más alta en caso de que se hagan en presencia de menores. En este caso, la Guardia Urbana podrá poner multas de hasta 1.500 euros.
Ahora bien, de todo esto, lo que me parece una criminalización, fruto de nuestra tradición judeocristiana, es que este 2026 ya no se podrán exhibir elementos sexuales en la cabeza o en la ropa. Te podrán multar con hasta 300 euros. Ya sé que es una práctica habitual en despedidas de soltero vestirse de pene (23 euros en Amazon), pero ¿por qué motivo uno puede ir por la calle vestido de oreja, de mano o de dedo del pie y no de pene o de vulva? Al fin y al cabo, hay bonitos penes y vulvas bonitas. ¿Qué discriminación es esta? Yo no iré nunca por la calle vestido de pene, a no ser que participe en una ruta etílica con un grupo de guiris, cosa que nunca se sabe, pero reivindico el derecho a vestirme como me dé la gana y, sobre todo, a tener mal gusto.
