Los dispositivos para evitar controles de velocidad llevan años en el punto de mira de la Dirección General de Tráfico. Detectores e inhibidores de radar forman parte de los elementos más vigilados por las autoridades, y su presencia en el vehículo puede acarrear sanciones importantes. La normativa actual no solo castiga su uso, sino que en determinados casos también contempla sanciones simplemente por llevarlos instalados en el coche.
No es ningún secreto que muchos conductores han recurrido a este tipo de dispositivos para anticiparse a los controles de velocidad. Algunos sistemas detectan las ondas emitidas por los radares, mientras que otros van más allá e intentan interferir directamente en su funcionamiento. Ambos casos han sido objeto de regulación específica en la legislación de tráfico española.
La diferencia entre unos y otros es clave para entender las sanciones. Los inhibidores de radar, diseñados para bloquear o alterar el funcionamiento de los sistemas de control de velocidad, están completamente prohibidos. Su simple instalación en el vehículo ya constituye una infracción grave, incluso aunque el dispositivo no esté activado en ese momento.
Detectores e inhibidores: qué dice la normativa
Los inhibidores son considerados los sistemas más graves desde el punto de vista legal. Estos dispositivos emiten señales destinadas a interferir en el funcionamiento de los radares utilizados por las autoridades. Debido a su capacidad para impedir el control efectivo de la velocidad, la normativa establece sanciones severas para quienes los lleven instalados.
La ley contempla multas económicas elevadas y la retirada de puntos del permiso de conducción cuando se detecta un inhibidor en el vehículo. Además, el aparato puede ser confiscado por las autoridades durante la intervención. La sanción se aplica incluso si el dispositivo no estaba en funcionamiento en el momento de la inspección.
Por otro lado, los detectores de radar también han estado durante años en una zona controvertida de la normativa. Estos sistemas no interfieren en los radares, pero sí identifican sus señales para avisar al conductor de su presencia. En determinadas etapas de la legislación española han sido permitidos, aunque bajo restricciones que han cambiado con el tiempo.
La simple instalación puede acarrear sanciones
Cabe destacar que el criterio de las autoridades se centra en la presencia del dispositivo en el vehículo, no únicamente en su uso. Si durante un control se detecta que el coche lleva instalado un inhibidor de radar, la sanción puede aplicarse aunque el aparato esté apagado o desconectado.
Este enfoque responde a la intención de evitar que estos sistemas se utilicen de forma puntual para eludir los controles de velocidad. La normativa considera que el simple hecho de llevar el dispositivo preparado para su uso ya supone un riesgo para la seguridad vial.
Además, los avances tecnológicos han facilitado que los agentes identifiquen este tipo de dispositivos durante inspecciones rutinarias o controles específicos. Algunos sistemas dejan rastro en la instalación eléctrica del vehículo o incorporan antenas visibles que permiten su localización.
En este sentido, la legislación busca reforzar la eficacia de los controles de velocidad como herramienta para reducir accidentes. La presencia de dispositivos diseñados para evitar esos controles se considera incompatible con ese objetivo. Por ello, incluso cuando no están funcionando, determinados aparatos pueden convertirse en motivo suficiente para una sanción.