Miles de trabajadores que han cobrado el salario mínimo y, además, prestación por desempleo pueden estar obligados a presentar la Declaración de la Renta, aunque sus ingresos sean bajos. La clave no está en la cantidad que han ganado, sino en como lo han ganado. Cuando en un mismo año hay dos pagadores. la empresa y el SEPE, cambian los límites que marca el IRPF.
En términos generales, si solo existe un pagador, no hay obligación de declarar hasta superar los 22.000 euros brutos anuales. Sin embargo, cuando hay dos o más pagadores, el umbral baja de forma significativa: el límite se sitúa en 15.876 euros anuales siempre que del segundo pagador se hayan recibido más de 1.500 euros.
El detalle que lo cambia todo son los dos pagadores
Esto afecta directamente a trabajadores que han estado parte del año empleados y otra parte cobrando el paro. Por ejemplo, una persona que haya percibido el salario mínimo, el cual ronda los 17.000 euros anuales, y además haya cobrado más de 1.500 euros del SEPE, estaría obligada a presentar la declaración, aunque no alcance los 22.000 euros.
El SEPE cuenta como un segundo pagador a ojos de Hacienda. Y esa circunstancia es la que activa la obligación formal de presentar la Declaración de la Renta. Es un punto que genera confusión, porque muchas personas asumen que como cobran poco, no deben declarar. Pero el sistema no funciona solo por importe total, sino también por estructura de ingresos.
¿Y si solo se ha cobrado el paro?
Cobrar únicamente la prestación por desempleo no obliga automáticamente a presentar la declaración, salvo que se superen los límites generales establecidos por la ley. El problema aparece cuando se combina salario y paro dentro del mismo ejercicio fiscal. Esta situación afecta especialmente a trabajadores con contratos temporales, personas que han perdido el empleo a mitad de año o empleados con sueldos ajustados que han alternado periodos de trabajo y desempleo.
Cabe destacar que en la mayoría de los casos, la declaración suele salir a devolver, porque las retenciones aplicadas al salario mínimo y al paro suelen ser bajas. Aun así, la obligación de presentarla existe si se superan los límites establecidos para contribuyentes con dos pagadores. Revisar el borrador y confirmar si se está dentro de esos umbrales es fundamental para evitar sanciones.
