Eliseo pidió la pensión de viudedad después de que Juana falleciera en noviembre de 2022, pero la Seguridad Social se la denegó. Se habían casado en 1977 y separado judicialmente en 1983. Cuando él reclamó la prestación, no constaba una reconciliación formal que dejara sin efecto aquella separación, según recoge Infobae.
En este sentido, había documentos que podían respaldar su pretensión, ya que el certificado de defunción de Juana la identificaba como casada y, en su testamento, ella se describía como esposa del solicitante. Sin embargo, ninguno de esos documentos bastó para acreditar que la separación judicial hubiera quedado sin efecto.
El trámite que debía acompañar a la reconciliación
El artículo 84 del Código Civil establece que, tras una separación judicial, ambos cónyuges deben comunicar por separado su reconciliación al juzgado que tramitó el procedimiento. De esta manera, volver a estar juntos debe acompañarse de una comunicación formal para que esa decisión tenga los efectos legales correspondientes. La norma también contempla la inscripción de la reconciliación en el Registro Civil para que produzca efectos frente a terceros.

Así, la separación judicial y el divorcio tienen consecuencias distintas. La primera no disuelve el matrimonio, pero sí modifica la situación jurídica de los esposos. Por eso, seguir figurando como casados no demuestra, por sí solo, que se haya comunicado una reconciliación. Para quienes retoman su relación, comprobar qué consta en el procedimiento judicial resulta especialmente relevante antes de que alguno necesite acreditar sus derechos.
Tampoco tenía reconocida una pensión compensatoria
En el caso de Eliseo, el INSS también señaló que no tenía reconocida una pensión compensatoria, requisito que resultaba exigible en su situación como separado judicialmente. El Juzgado de lo Social número 2 de Burgos rechazó su demanda y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirmó la denegación el 17 de enero de 2025.
Así pues, una reconciliación después de una separación judicial requiere prestar atención también a los trámites. El Código Civil prevé expresamente cómo comunicarla, de modo que la relación personal y la situación legal puedan quedar reflejadas de forma coherente. Revisar la documentación y formalizar esa comunicación permite evitar que, cuando llegue el momento de solicitar una prestación, siga teniendo efectos una separación que la pareja consideraba superada.