Los jubilados que perciban una pensión y vendan su piso podrían perderla durante el año

Vender una vivienda durante la jubilación puede parecer una operación sin consecuencias sobre la pensión, pero no siempre es así. La mayoría de jubilados no tienen nada que temer si cobran una pensión contributiva ordinaria, porque esa prestación depende de los años cotizados y no del patrimonio. Sin embargo, hay casos concretos en los que la venta de un piso puede afectar a lo que se cobra durante ese año.

Y es que el problema no está en el hecho de vender la casa, sino en los ingresos que puede generar esa operación. Cuando existe una ganancia patrimonial, esa cantidad puede computar a efectos de determinados límites económicos. Por eso algunos pensionistas pueden ver suspendida una ayuda o perder un complemento aunque su pensión base siga intacta.

La pensión contributiva no se pierde por vender una vivienda

La realidad es que un jubilado que cobra una pensión contributiva sin complementos puede vender su piso sin que la Seguridad Social le retire la prestación. Da igual que la vivienda se venda por 50.000, 150.000 o 300.000 euros. La pensión contributiva se mantiene porque nace de las cotizaciones realizadas durante la vida laboral.

Un jubilado en una cafetería.  Jeff Sheldon / Unsplash
Un jubilado en una cafetería. Jeff Sheldon / Unsplash

De este modo, el miedo a perder toda la pensión no está justificado en la mayoría de casos. El riesgo aparece cuando el jubilado no cobra una contributiva normal, sino una pensión condicionada a ingresos o una prestación reforzada con complemento a mínimos. Ahí cambia completamente el análisis. Si una persona cobra una pensión no contributiva, la Seguridad Social revisa sus ingresos. Y si vende un inmueble y supera el límite anual permitido, puede perder la prestación durante ese ejercicio completo.

El complemento a mínimos también puede verse afectado

Otro caso importante es el de los jubilados con pensión contributiva baja que reciben complemento a mínimos. En estos casos, la pensión base no desaparece, pero el complemento sí puede suspenderse si la ganancia de la venta hace que se superen los límites de ingresos.

Por ejemplo, un jubilado con una pensión contributiva de 1.200 euros al mes no perdería nada por vender su piso. En cambio, una persona con pensión no contributiva o con una pensión baja complementada podría tener problemas si la operación genera una ganancia relevante. Además, conviene no confundir el tratamiento fiscal con el de la Seguridad Social. Que la venta de la vivienda habitual pueda estar exenta en IRPF para mayores de 65 años no significa que no pueda computar como ingreso para ciertos complementos o prestaciones.

Así pues, vender un piso no supone perder automáticamente la pensión. Pero los jubilados que cobran una pensión no contributiva o un complemento a mínimos deberían revisar antes la operación, porque podrían perder parte o toda la ayuda durante ese año.