Los jubilados que cobran su pensión en catorce pagas recibirán en noviembre la mensualidad ordinaria y la segunda paga extraordinaria del año. La Seguridad Social explica que estas extras se abonan junto con las pensiones de junio y noviembre. Para quienes hayan generado el derecho a percibirla completa, su importe será igual al de la mensualidad correspondiente, de modo que el total bruto de noviembre equivaldrá a dos mensualidades.
El cálculo permite anticipar cuánto corresponde antes de las posibles retenciones. Una pensión de 1.200 euros brutos mensuales supondría 2.400 euros brutos entre la paga ordinaria y la extraordinaria completa. Si la mensualidad es de 900 euros, el total ascendería a 1.800. Este abono forma parte del reparto anual de la pensión: después de noviembre, la mensualidad ordinaria mantiene su cuantía, salvo que exista alguna modificación que afecte específicamente a la prestación.
Quién cobra la paga extraordinaria completa
En este sentido, el importe depende de cuándo comenzaron los efectos económicos de la pensión. El periodo de devengo de la extra de noviembre comprende desde el 1 de junio hasta el 30 de noviembre. Cuando corresponde todo ese periodo, se cobra íntegra. En las pensiones reconocidas durante esos meses, la Seguridad Social aplica un cálculo proporcional para determinar qué parte de la extraordinaria debe recibir el beneficiario.
De esta manera, cada mes computable genera una sexta parte de la paga. Si los efectos de una jubilación comienzan en septiembre, se contarían septiembre, octubre y noviembre: tres sextas partes, equivalentes a la mitad. Con una mensualidad de 1.200 euros brutos, la extra sería de 600 euros y el total correspondiente a noviembre alcanzaría los 1.800. Basta un día de abono en un mes para computar su sexta parte íntegra.
Qué conviene revisar al comprobar el importe
La resolución de reconocimiento y el desglose del pago permiten comprobar la fecha de efectos y las cantidades correspondientes. Esa revisión resulta especialmente útil para quienes se hayan jubilado recientemente o hayan vuelto a cobrar una pensión después de una suspensión. En ambos casos existen reglas de proporcionalidad. Comparar únicamente el ingreso bancario con el de otro pensionista puede llevar a confusión si sus periodos de devengo son diferentes.
Así pues, noviembre trae la paga doble para quienes reciben catorce abonos anuales y han generado la extra completa. Las pensiones derivadas de accidente laboral o enfermedad profesional tienen las extraordinarias repartidas entre doce mensualidades. En esos casos, el calendario de pago es distinto porque esa cantidad ya está incorporada al cobro ordinario.
