La convocatoria anticipada de las elecciones generales de 2026 ha cogido por sorpresa a muchos ciudadanos, que deberán volver a las urnas el próximo domingo 29 de noviembre. Con la fecha ya marcada en el calendario, empiezan a surgir dudas sobre el proceso electoral y los requisitos para participar. Uno de los más habituales tiene que ver con la documentación necesaria para votar: ¿qué pasa si el DNI está caducado y todavía no se ha podido renovar? La respuesta es importante para todas aquellas personas que quieren ejercer su derecho a voto durante el 29N.
¿Se puede votar con el DNI caducado en las elecciones generales 2026?
La respuesta es sí. Los ciudadanos pueden votar con el DNI caducado en las elecciones generales del 29 de noviembre, siempre que presenten el documento original. Por lo tanto, no es necesario tener el documento nacional de identidad en vigor para poder participar en las votaciones. Esta posibilidad está recogida en la normativa electoral española.

Concretamente, el artículo 85 de la Ley orgánica del régimen electoral general establece que el derecho a voto se acredita mediante la inscripción del ciudadano en las listas certificadas del censo electoral o con una certificación censal específica. En ambos casos, también es necesario identificarse ante la mesa electoral. El DNI es el documento que utiliza habitualmente la mayoría de la población. Cuando llegue el turno de votar, habrá que entregarlo al presidente de la mesa correspondiente para que pueda comprobar la identidad del elector antes de introducir la papeleta en la urna.
Hay que tener en cuenta, sin embargo, que no se aceptan fotocopias del DNI, aunque el documento esté caducado. Es imprescindible presentar el original. En caso de que los miembros de la mesa tengan dudas sobre la identidad de la persona, pueden pedir pruebas adicionales para verificarla.
¿Qué documentos se pueden utilizar para votar el 29N?
El DNI caducado no es la única alternativa para identificarse durante las elecciones generales 2026. La normativa también permite utilizar otros documentos oficiales que incorporen una fotografía del titular.
Concretamente, los electores pueden presentar:
- El DNI, aunque esté caducado, siempre en formato original.
- El pasaporte, que también es válido aunque no esté en vigor.
- El permiso de conducir, tanto en formato físico como en los formatos oficiales admitidos.
En el caso de los ciudadanos extranjeros con derecho a voto en estos comicios, la tarjeta de residencia también puede servir para acreditar la identidad.

¿Hay que tener el DNI en vigor para participar en las elecciones?
No. Tener el DNI caducado no impide votar ni supone perder el derecho a participar en las elecciones generales. Por lo tanto, las personas que todavía no hayan podido renovarlo pueden acudir igualmente a su colegio electoral el domingo 29 de noviembre. Así pues, si tienes el DNI caducado, no hace falta que te preocupes: siempre que lleves el documento original o alguna de las otras identificaciones válidas, podrás ejercer tu derecho a voto durante las elecciones generales de 2026.