La Comisión Europea ha llevado a España por segunda vez ante el Tribunal de Justicia de la UE por incumplimiento de una sentencia sobre la libertad de establecimiento en los puertos españoles.

En 2014, el Tribunal declaró contraria a la ley europea, la obligación impuesta por España de que las empresas estibadoras que operan en sus puertos se inscriban en una sociedad central, aporten capital en la misma y contraten personal elegido por esta sociedad.

Después de más de un año, España aún no ha abordado esta cuestión, ignorando la sentencia del Tribunal de Justicia. Las autoridades españolas tenían de plazo hasta febrero de 2015 para informar a la Comisión acerca de las medidas adoptadas, cosa que no se ha cumplido.

A raíz de esto, la Comisión Europea ha decidido llevar a España otra vez ante el Tribunal de Justicia de la UE por incumplimiento de esta sentencia, emitida el 11 de diciembre de 2014.

La Comisión ha recomendado a España efectuar lo antes posible las reformas necesarias para cumplir esta sentencia. En caso contrario, el Tribunal de Justicia podría decidir imponer sanciones financieras.

Obstáculo internacional

La Comisión considera que estas prácticas laborales restrictivas podrían desmotivar a empresas estibadoras de otros Estados miembros que deseasen establecerse en puertos españoles.

En 2014, ya se advirtió a España que el Tratado fundacional de la UE se opone a cualquier ley nacional que obstaculice o haga menos atractivo el ejercicio de la libertad de establecimiento.