El pleno municipal del mes de febrero del Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado definitivamente la tasa a grandes operadores postales por el uso especial que hacen del espacio público cuando reparten los productos comprados por comercio electrónico a los destinos finales indicados por los consumidores, conocida como tasa Amazon pero que el gobierno municipal ha preferido bautizar como TREC (Tasa de Reparto e-commerce). La iniciativa ha contado con el voto favorable del Gobierno Municipal y de los grupos municipales de ERC, Junts per Catalunya y Ciudadanos. Barcelona es la primera ciudad a aplicar una tasa de este tipo con esta configuración y se empezará a aplicar la próxima semana una vez se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB).

La concejala de comercio, Montserrat Ballarín, ha defendido la creación de la tasa recordando que la "distribución d'e-commerce supone una ocupación del espacio público, un bien escaso que necesita ser gravado," ya que ha habido un aumento considerable en los últimos años, especialmente a partir de la pandemia de la Covid-19. Con la nueva tasa quedarán afectadas todas aquellas grandes empresas que actúan en el mercado como operadores postales, realizando carga y descarga en la vía pública, mediante cualquier clase de vehículo, con la finalidad de distribuir a los destinos finales indicados por los consumidores los productos adquiridos a través del comercio electrónico.

En concreto, la tasa se aplicará en aquellos operadores postales con ingresos brutos procedentes de la facturación anual superiores a un millón de euros obtenidos por entregas en los destinos finales indicados por los consumidores de Barcelona. La cuantía de la tasa se fija en función de un porcentaje sobre los ingresos brutos facturados por la empresa, una vez descontadas las operaciones excluidas de tributación. El importe a satisfacer por el conjunto de operadoras no podrá superar el límite fijado para el aprovechamiento, que se ha cuantificado en 2'6 millones de euros. Se calcula que unas 25 compañías de reparto quedarán gravadas con el impuesto.

La misma ordenanza que desarrolla esta nueva tasa establece algunas actividades que quedan no sujetas o exentas de tributación:

  • Distribuciones efectuadas en el marco del servicio de transporte de mercancías que no intervengan en el mercado como operadores postales. Por ejemplo, si un establecimiento de la ciudad tiene una flota de vehículos para hacer entrega a domicilio de los productos que los ciudadanos hayan podido adquirir presencialmente o bien a través de su página web.
  • Distribuciones realizadas en los comercios de la ciudad con la finalidad de ser comercializadas en fase minorista (Business to Business). Por ejemplo, la distribución de las bebidas en un restaurante.
  • Distribuciones realizadas sin utilizar ningún vehículo.
  • Distribuciones efectuadas en un punto de recogida que esté incluido en el registro de puntos de recogida que creará el Ayuntamiento de Barcelona y que se actualizará anualmente.
  • Facturación inferior a 1 millón de euros obtenida por entregas en Barcelona.
  • La tasa también se aplicará en el caso que alguna empresa sujeto subcontrate la actividad en otras empresas o personas autónomas, pero la ordenanza dispone que lo tendrá que pagar el operador postal. En el caso de grupos de empresas, lo tendrá que pagar la empresa que tenga más facturación anual.