La Sindicatura de Greuges de Barcelona ha abierto una actuación de oficio que tiene el objetivo de conocer los mecanismos con el fin de garantizar la igualdad de trato y prevenir las situaciones de discriminación y acoso en el Institut Municipal de Parcs i Jardins de Barcelona, que cuenta con un Plan Interno de Igualdad desde el año 2019, a raíz de dos casos de acoso. El inicio de este interés del Síndic de Greuges, David Bondia, radica en las situaciones vividas por dos trabajadoras del Instituto Municipal de Parcs i Jardins, que fueron consideradas por sentencia judicial -sentencia 17, no firme, del juzgado de lo social número 3 de diciembre de 2020-, como víctimas de acoso laboral en razón de sexo. A raíz de estas conductas denunciadas por las mujeres trabajadoras, Parcs i Jardins intervino para detectar situaciones que propiciaban la desigualdad y la discriminación.

El año 2019 el Institut Municipal de Parcs i Jardins elaboró el Plan Interno de Igualdad 2019-2022, documento que tiene los propósitos de establecer las líneas de actuación por la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y dar respuesta a las desigualdades y discriminaciones detectadas.

La actuación de la Sindicatura

Dos años después de la implementación de este Plan interno de Igualdad en Parcs i Jardins, la Sindicatura de Greuges de Barcelona quiere saber cuál es la situación actual en este organismo municipal con respecto a la desigualdad y la discriminación por razones de sexo, así como identificar qué acciones se han llevado a cabo para la prevención de situaciones de acoso. El síndico Bondia ha añadido que también preguntará por el abordaje y el tratamiento concreto de las situaciones sentenciadas y denunciadas por dos mujeres trabajadoras.

David Bondia Sindico de agravios Barcelona - Sergi Alcàzar

David Bondia, Síndic de Greuges de Barcelona / Sergi Alcàzar

El artículo 23 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea consagra la igualdad entre hombres y mujeres, teniendo que garantizarse en todos los ámbitos. En el mismo sentido, el artículo XIV de la Carta Europea de Derechos Humanos en la Ciudad, relativo al Derecho al Trabajo, establece el compromiso de las ciudades signatarias a desarrollar, en colaboración con las otras instituciones públicas y las empresas, mecanismos para garantizar la igualdad de todos y todas ante el trabajo, para impedir cualquier tipo de discriminación por motivos de sexo, nacionalidad, edad, orientación sexual, o discapacidad.

Indemnización de 15.000 euros

Respecto al caso de acoso, la sentencia fijó una indemnización de 15.000 euros a las dos trabajadoras por ser víctimas de acoso en razón de sexo por parte de su encargado, el cual se aprovechaba de su situación de poder sobre sus trabajadoras para asediarlas y hacer comentarios completamente fuera de lugar. De hecho, en algunas ocasiones, les preguntaba si las podía acompañar a cambiarse la ropa para poder verlas desnudas.

 

Imagen principal: Sede de Parcs i Jardins / Google Maps