La Audiencia Nacional ha reconocido que hubo errores en la documentación enviada a la justicia belga sobre los delitos y la condena del rapero Valtònyc. Según un documento publicado ayer en Eldiario.es, el magistrado español que lleva el caso asumió que había un "error de transcripción" en el formulario de la euroorden.

El justicia belga decidió aplazar la decisión sobre la extradición del cantante porqué tenía dudas sobre el formulario redactado por los tribunales españoles para solicitar la euroorden. Concretamente, en la casilla de delitos, aparecía "terrorismo", que implica la entrega inmediata, no "enaltecimiento del terrorismo", que se enmarca en el apartado de los delitos de odio, de opinión, y no lleva aparejada la extradición automática. 

El magistrado belga envió un requerimiento a la Audiencia Nacional para que respondiese a esta cuestión. Ahora, la justicia española ha asumido que hubo un "error de transcripción" en el formulario.

 "El referido error en la transcripción de los artículo 578 y 579 que se remitieron en su día surge porque los hechos por los que fue condenado el reclamado se sitúan en los años 2012 y 2013, lo que se tiene en cuenta en la dictada por la Audiencia Nacional, 41/2017, y que se condena por la redacción de esos artículos 578 y 579 del Código Penal vigentes en la fecha de comisión de los hechos", explica el magistrado de la Audiencia en el documento.  En definitiva, la euroorden que presentó la justicia española intentaba aplicar a Valtonyc un Código Penal aprobado con posterioridad a los hechos

Valtònyc se encuentra desde el pasado 5 de julio en situación de libertad en Bélgica, donde se trasladó tras ser condenado en firme a tres años y medio de cárcel por el Tribunal Supremo por "enaltecer el terrorismo e injuriar al Rey" en las letras de sus canciones.