La Junta Electoral Central ha acordado rechazar el plan de cobertura informativa de las elecciones del 20D propuesto por la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals (CCMA), que revisaba el criterio de los bloques electorales y que había sido impugnado por el PP.

En un escrito fechado el 2 de diciembre, la Junta Electoral Central ha desestimado el recurso interpuesto por la CCMA contra un acuerdo previo de la Junta Electoral Provincial de Barcelona, en el que ya se daba la razón al PP.

En concreto, el plan inicial de la CCMA seguía los planteamientos del Síndic de Greuges y del Parlament y preveía evitar la aplicación de una proporcionalidad matemática estricta del tiempo de cobertura informativa para cada candidatura en función de sus resultados en las elecciones anteriores y proponía una "ponderación" vinculada a criterios periodísticos más "flexibles".

Cierto margen al periodismo

Según refleja la Junta Electoral Central en su escrito, aunque hay que reconocer "cierto margen" para respetar los "criterios periodísticos", los principios de pluralismo político y social, igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa en los medios públicos en campaña electoral "han de prevalecer" por encima de otros "criterios novedosos".

Además, añade la Junta, el plan de cobertura de la CCMA no contaba con la "conformidad" de todas las formaciones políticas incluidas en las previsiones de cobertura, por lo que la duración de la información electoral debe "ajustarse proporcionalmente a los resultados obtenidos en las últimas elecciones equivalentes".