En el ecuador del debate de investidura, me viene a la memoria la canción "Ni Fu Ni Fa" del grupo Ska-P que en su primera estrofa dice: "Suena el timbre, todo preparado, la función va a comenzar /... / Cono sonrisas de cordialidad nos pretenden embaucar, ¡chaval!", canción del 2009, año de la última reforma de la financiación autonómica que, según la ley, hay que reformar cada cinco años y que desde el 2014 está caducada.

El acrónimo FLA, a causa del acuerdo de investidura entre el PSOE y ERC, se ha puesto de moda por lo que significa de condonación de parte de la deuda que tiene Catalunya con el Estado y al que ahora todo el mundo se apunta.

Y es que el FLA, Fondo de Liquidez Autonómico, es uno de los mecanismos que diseñó el Gobierno central en el 2012 para facilitar dinero a las comunidades autónomas para dar respuesta al progresivo problema de impagos a sus proveedores de bienes y servicios desde el 2004 y también a raíz del contexto económico y financiero nacional e internacional existente que impedía o dificultaba a las comunidades autónomas acudir a los mercados financieros para obtener la financiación necesaria y a un coste inaccesible. Todo, a cambio del cumplimiento con los objetivos de consolidación fiscal y de garantizar la sostenibilidad de las cuentas públicos.

Actualmente, este mecanismo de financiación y liquidez se regula por el RD Ley 17/2014, de 26 de diciembre, que ha creado el Fondo de financiación a comunidades autónomas (FFCA), que se estructura en 5 compartimentos: Facilidad financiera (FFF), Fondo de liquidez autonómico (FLA), Fondo social, Fondo en liquidación para la financiación de los pagos a proveedores de comunidades autónomas y Fondo de liquidez REACT-UE. Por volumen, los fondos más importantes son el FLA y el FFF. A partir de 2020, tienen un plazo de 12 años (4 de carencia y 8 de amortización). Y el tipo de interés, a partir de 2016, es el de la deuda del Estado.

Entre las 17 CC. AA. acumulan un endeudamiento total de 327.346 millones, de los cuales 191.750 corresponden al Fondo de Financiación en CC. AA. —todas las de régimen común, excepto Madrid—, y que incluye toda la deuda del FLA. Catalunya tiene un endeudamiento de 86.800 millones, de los cuales 73.110 correspondiendo al Fondo de Financiación (incluido FLA).

Si bien el PIB Catalunya se sitúa en la posición 76 (de 240 regiones europeas), a nivel de progreso y bienestar social baja hasta el lugar 135. ¿Por qué? por un mal modelo de financiación

Hecha esta descripción quiero poner sobre el papel contradicciones que parecen bastante evidentes. Catalunya tiene un PIB por habitante en paridad de poder de compra de 36.933 euros, bastante superior a los 29.800 euros del conjunto de España, y de la Unión Europea-27, que es de 35.200 euros. Ahora bien, con respecto a los indicadores de bienestar y progreso social está el Índice Regional de Progreso Social (RSPI), que publica la Comisión Europea, y que ofrece un índice sintético que permite comparar la posición de todas las regiones europeas (NUTS, Nomenclatura de las Unidades Territoriales Estadísticas). El resultado para Catalunya muestran que, si bien en términos de PIB nos situamos en el puesto 76 (de 240 regiones), cuando se tiene en cuenta el nivel de progreso y de bienestar social, Catalunya baja hasta el puesto 135. Y a medida que pasan los años, más pérdida de posiciones en progreso social.

¿Y a qué es debida esta disparidad entre producción de riqueza y distribución? Pues, sobre todo, a causa de la existencia de un modelo de financiación autonómica que perjudica notablemente Catalunya. El modelo pone en evidencia una redistribución territorial de los recursos arbitraria y perjudicial a la economía catalana. Esta se sitúa en la segunda posición por su capacidad recaudatoria fiscal. En cambio, en los recursos que la Generalitat acaba disponiendo, se sitúa en la novena posición y no se cumple el principio de ordinalidad.

Los resultados son completamente erráticos y arbitrarios. Comunidades que por su capacidad fiscal están por encima de la media en recursos pasan a estar por debajo (Madrid, Baleares y Catalunya). Y, contrariamente, comunidades que están por debajo pasan a estar por encima (Extremadura, Galicia, Asturias, La Rioja, Castilla-La Mancha y Castilla y León). Y, por otra parte, comunidades que ya están por encima de la media en recursos por su capacidad fiscal todavía ganan posiciones (Cantabria y Aragón). Y, comunidades como la Comunidad Valenciana, que ya están por debajo de la media por su capacidad fiscal, pierden todavía más posiciones. Por lo tanto, se incumple totalmente el principio de ordinalidad

El principio de ordinalidad exigiría que el orden inicial proporcionado por la capacidad fiscal de cada comunidad no se viera alterado una vez se han aplicado los diferentes fondos. La aplicación del fondo de nivelación (Fondo de Garantía de los Servicios Públicos Fundamentales, FGSPF) no desbarata el orden: simplemente todas las CC. AA. se aproximan más a la media, se reducen las diferencias sin alterar el orden.

La causa del no cumplimiento del principio de ordinalidad y de los resultados arbitrarios se encuentra en el funcionamiento del resto de los Fondos de ajuste (= Fondo de Suficiencia + Fondo de Competitividad + Fondo de Cooperación), que no cumple con la orden inicial. Este es el principal problema del actual modelo caduco de financiación de las comunidades autónomas. Hace falta, a toda costa, un nuevo modelo de financiación autonómica.