Corromper significa alterar y trastocar la forma de algo. Aristóteles —preocupado por las estructuras políticas— invoca la palabra corrupción para referirse a la degeneración que alcanzan las formas de gobierno monárquico, aristocrático y democrático. Las formas de corrupción son la tiranía, la oligarquía y la demagogia. Cicerón —más orientado a la perspectiva jurídica y moral— la utiliza tanto para describir el soborno como el relajamiento de las costumbres.

Según el ChatGPT, la corrupción es perjudicial para la humanidad porque socava el Estado de derecho y erosiona la confianza pública en las instituciones. También distorsiona el funcionamiento económico y político de una sociedad a medida que se desvían recursos de los más vulnerables, creando un ciclo de pobreza y desigualdad. Además, la corrupción reduce el crecimiento económico y la inversión, ya que se desanima a los inversores de invertir en un país donde la corrupción es frecuente...

El catedrático González-Cuéllar define la corrupción, desde el punto de vista jurídico, como "la utilización de un poder de actuación oficial o conferido al autor por una colectividad, grupo, compañía, sociedad o cualquier entidad, al interés particular para la consecución de una ventaja indebida, patrimonial o de otro tipo a favor suya o en uno tercero". E identifica tres elementos que concurren en su definición: 1. La existencia de un poder de actuación oficial (a la corrupción pública) o de administración, dirección o gestión de negocios (a la corrupción privada); 2. La búsqueda o la obtención de una ventaja indebida (material o inmaterial fuera del uso socialmente admisible); y 3. El beneficio propio o ajeno.

Más que una simple transacción entre dos partes, la corrupción se puede considerar "la privatización de la política pública". Las poderosas élites políticas y empresariales se confabulan para controlar las instituciones públicas, hacerse dueños del proceso de formulación de políticas y monopolizar los contratos y adquisiciones.

Aunque el Código Penal español no contempla el delito de corrupción como tal, sí que sus artículos contemplan 10 delitos específicos que tienen que ver con el uso ilegítimo del poder público

Aunque el Código Penal español no contempla el delito de corrupción como tal, sí que sus artículos contemplan 10 delitos específicos que tienen que ver con el uso ilegítimo del poder público a favor del beneficio privado, así como cualquier uso ilegal o no ético de la actividad gubernamental para obtener un provecho personal o político. Entre los delitos contemplados hay sobornos, malversación, tráfico de influencias, abuso de funciones, enriquecimiento ilícito, cobro de comisiones, blanqueo de dinero, transferencias de activos de origen ilícito, prevaricación, fraudes, extorsiones, caciquismo, clientelismo político e, incluso, relaciones con el crimen organizado.

Desde una perspectiva económica —tal como señalan los documentos de organismos internacionales tales como el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Mundial, la ONU...— la "corrupción" supone una relación donde el poder del dinero influye sobre la administración pública con el fin de obtener ciertos favores y los funcionarios públicos, a su vez, incumplen las normas para favorecer a aquellos que les proporcionan un beneficio económico aunque las ventajas pueden incluir cualquier forma de gratificación no directamente mesurable en dinero. Los efectos de la corrupción para la economía dependen del grado de corrupción. Cuando la corrupción es generaliza, su influencia sobre la economía se pone de manifiesto, por ejemplo, en los sobreprecios en las compras y contrataciones que afectan a la eficiencia del Estado y la incertidumbre y la arbitrariedad en las actividades económicas afecta el interés de los inversores. La corrupción no se tendría que limitar al concepto de ilegalidad, ya que hay prácticas y actividades que no violan una disposición legal específica, pero comportan un fallo ético, ya que transgreden normas de comportamiento colectivo o propias de una organización o corporación particular. Según Juan José Gilli, en la tipificación de los actos corruptos subyacen dos criterios. La violación de normas: formales o informales, y la transgresión ética: obtención desleal de ventajas o beneficios (económicos o no), abuso de poder, de autoridad o de confianza. Y el resultado es Corrupción = Beneficio de particulares en detrimento del orden social.

"Los costes económicos de la corrupción política son elevados. Pero los de confianza todavía son más relevantes". ¿Mejores leyes? Sí. Pero, sobre todo, más ética política y moral cívica. Hay que contar con unas instituciones y unos agentes políticos abiertos, que velen por la máxima transparencia posible en el desarrollo de su tarea y que se sometan a un ejercicio riguroso de rendición de cuentas. Según Louis Brandeis, "el mejor desinfectante es la luz del sol".

Las elecciones tienen que servir para seleccionar representantes honestos y competentes, como un elemento de cara al control y sanción de la corrupción

Hay que recuperar la confianza en las instituciones. Los casos de corrupción y una cierta desconfianza de la ciudadanía respecto del sistema político hacen conveniente un cierto esfuerzo de regeneración del entramado institucional del país. Las líneas de actuación (BBVA 2018, Alcalá y Jiménez) tendrían que girar alrededor de tres ejes: reforzar los controles y contrapesos de los poderes del Estado; mejorar la independencia, la calidad y la transparencia de la regulación y la administración pública; y no menos importante, elevar la calidad de la representación política y la capacidad de los electores con el fin de premiar o sancionar la buena o mala gobernanza. En este sentido, además de elegir la orientación política de los dirigentes, las elecciones tienen que servir para seleccionar representantes honestos y competentes, como un elemento de cara al control y sanción de la corrupción.

Con el fin de mejorar la efectividad de la lucha contra la corrupción se citan frecuentemente diferentes elementos de reforma del sistema electoral. Así para mejorar la capacidad de los votantes de individualizar las responsabilidades por los hechos de corrupción e, incluso, para permitirles seguir votando por su partido o sus candidatos favoritos sin tener que dar apoyo a los candidatos más afectados por la corrupción, sería conveniente un cambio en el sistema electoral que sustituyera las listas cerradas y bloqueadas por listas desbloqueadas en que los votantes puedan tasar a los candidatos con peor ejercicio previo o favorecer los que están más próximos a sus intereses o a su identidad política entre los que les propone el partido. Las listas cerradas y bloqueadas promueven la disciplina dentro de los partidos a costa de debilitar la rendición de cuentas de cada político ante los ciudadanos que lo escogen.

Hace falta un cambio de cultura en dirección a una responsabilidad individual mayor de cada político con respecto a los ciudadanos.