Vivanta Dental ha cerrado, sin previo aviso, varias clínicas en el País Vasco, Aragón y Galicia, dejando a decenas de afectados, muchos de ellos con tratamientos pendientes ya pagados. La compañía, que se encuentra en concurso de acreedores, ha remitido un comunicado interno a su plantilla en el que confirma su situación de insolvencia, coincidiendo con el cierre repentino e inesperado de varios de sus centros dentales.
Así lo han puesto de relieve este viernes desde la OCU y Facua, organizaciones que defienden los derechos de los consumidores y desde donde recomiendan a los afectados actuar cuanto antes y reclamar. En la actualidad, existen 130 clínicas de Vivanta Dental y los cierres afectan al menos a cuatro clínicas en el País Vasco, dos en Zaragoza y una en La Coruña. Facua, sin embargo, "no descarta que en los próximos días o semanas puedan cerrar otras clínicas dentales" ubicadas en diferentes puntos del territorio nacional.
La situación, además, se suma a otros cierres de centros privados de salud y estética registrados en los últimos meses y vuelve a poner el foco en la protección de los consumidores que tienen tratamientos en curso, destaca la OCU en un comunicado.
"No se descarta que cierren otras clínicas"
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ve conveniente que los afectados actúen cuanto antes y conserven toda la documentación relacionada con el tratamiento. "Contratos, presupuestos, facturas, publicidad, folletos y cualquier otra comunicación con la clínica pueden servir como prueba a la hora de presentar una reclamación", explican.
El primer paso recomendado es presentar una reclamación por escrito a la clínica, dejando constancia de que el servicio contratado no se ha completado. En esa reclamación se puede solicitar la finalización del tratamiento y exigir que se facilite toda la documentación correspondiente, incluida una copia del historial médico.
En aquellos casos en los que la clínica permanezca cerrada, la reclamación debe dirigirse al domicilio social de la empresa que figure en su página web o en el Registro Mercantil. No obstante, los consumidores también pueden acudir a los Servicios de Consumo de su comunidad autónoma para reclamar por los perjuicios ocasionados por el cierre, como la interrupción de un tratamiento o la pérdida de cantidades abonadas por adelantado, agregan.
La OCU recuerda además que, si el paciente considera que ha sufrido una mala praxis, debe presentar una reclamación ante las autoridades sanitarias de su comunidad autónoma. Y si existen daños derivados de esa posible mala praxis, la organización aconseja solicitar un informe elaborado por un dentista colegiado o un perito odontólogo. Esta documentación puede resultar necesaria para una eventual reclamación judicial y también para poner los hechos en conocimiento del Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos correspondiente.
Reembolso del importe de los tratamientos
Desde Facua recuerdan que las personas afectadas tienen derecho al reembolso del importe de los tratamientos que hayan pagado y no vayan a recibir. La asociación informa a los afectados que la empresa está obligada a cumplir con los compromisos que adquirió, por lo que en caso de que finalmente no vaya a prestarles los servicios abonados, deberá reintegrarles el importe de los tratamientos o la parte proporcional de los mismos.
Y en este contexto, una de las cuestiones que más preocupa a los afectados es qué ocurre con los pacientes que todavía están pagando un crédito utilizado para financiar el tratamiento. En estos casos, la OCU aconseja dirigirse por escrito y de forma fehaciente a la entidad financiera para solicitar la liquidación y posterior cancelación del crédito vinculado, al no haberse prestado el servicio contratado.
Si la entidad financiera no responde en el plazo de un mes o la respuesta no resulta satisfactoria, el consumidor puede presentar una reclamación ante el Banco de España.
La situación puede complicarse al entrar la empresa en un procedimiento concursal. En ese supuesto, los afectados deberán dirigirse al administrador concursal designado por el juzgado correspondiente. La OCU advierte de que, en estos casos, las posibilidades de recuperar las cantidades reclamadas pueden ser reducidas, ya que la legislación concursal sitúa a los consumidores entre los últimos acreedores a la hora de recuperar su dinero.
