El Tribunal Regional de Hamburgo ha dictado dos sentencias de considerable peso jurídico y simbólico contra Ryanair. En la primera de ellas, la justicia alemana ha impuesto a la aerolínea irlandesa una multa coercitiva de 10.000 euros por haber desobedecido deliberadamente las órdenes judiciales previas. Este castigo no se limita a una simple penalización económica; constituye una condena explícita al menosprecio de Ryanair hacia el Estado de derecho y la autoridad de los tribunales.

El magistrado rechazó de plano los argumentos de la compañía, que alegaba problemas técnicos externos para justificar su incumplimiento. En su resolución, el tribunal remarcó con dureza que Ryanair, como gigante de la conectividad europea, dispone de todos los recursos necesarios para ejecutar las resoluciones judiciales de manera inmediata, pero optó, de forma consciente y premeditada, por ignorarlas. Según constató el juez, la actuación de la aerolínea fue, sin duda, "culpable".

Este precedente se enmarca dentro de un patrón de conducta que, según denuncia la plataforma de viajes eDreams Odigeo, se repite de manera sistemática en múltiples jurisdicciones europeas. La compañía, parte del proceso, ha enfatizado que esta nueva sanción evidencia una actitud persistente de desafiar el imperio de la ley. Dicho desafío judicial no es un hecho aislado, sino la punta del iceberg de una estrategia corporativa que ha provocado que la aerolínea se enfrente a sanciones astronómicas en otros Estados miembros. Como ejemplo, eDreams recuerda la multa histórica de 256 millones de euros impuesta por las autoridades italianas por abuso de posición dominante, así como la sanción de 108 millones dictada en España por violaciones graves de la normativa de protección de los consumidores.

La ilegalización de las prácticas

Más allá de la sanción por desacato, la segunda sentencia del Tribunal de Hamburgo adquiere una dimensión todavía más trascendental, dado que ataca directamente y declara ilegales diversas prácticas comerciales estructurales para Ryanair. El tribunal ha llevado a cabo un análisis minucioso de estos mecanismos y los ha invalidado por considerarlos engañosos, abusivos y contrarios a la ley. Entre las prácticas ilegalizadas destaca el sistema de "consentimiento engañoso".

Este mecanismo, diseñado por la compañía, consiste en presentar a los usuarios un botón prominente de "buscar vuelos" que, al ser pulsado, marca automáticamente y sin ninguna advertencia clara, una casilla de aceptación de los términos y condiciones generales. La sentencia argumenta que este diseño de interfaz es intrínsecamente fraudulento, ya que induce al usuario a creer que ha tomado una decisión activa e informada cuando, en realidad, su consentimiento ha sido obtenido por defecto y mediante una argucia de diseño. En consecuencia, el tribunal declara que esta manipulación invalida la propia base contractual que Ryanair pretendía imponer.

Otra pieza clave del modelo de Ryanair anulada por la justicia alemana es su política de "no reembolsos". El tribunal ha determinado que esta política contradice de manera flagrante la normativa europea y nacional aplicable, engañando a los pasajeros sobre sus derechos legales a recuperar el dinero en determinados supuestos previstos por la ley.

Finalmente, la sentencia también ha abolido la denominada "tasa administrativa" que Ryanair cobraba a los clientes por gestionar la devolución de impuestos gubernamentales, como las tasas de aeropuerto. El magistrado calificó esta práctica de "desproporcionadamente desventajosa" y abusiva, ya que a menudo el importe de la "tasa" superaba la cantidad a devolver al usuario. Este mecanismo, según el tribunal, permitía a la aerolínea apropiarse indebidamente de dinero que, en realidad, pertenecía legítimamente al cliente.

Ante la contundencia de las resoluciones, eDreams Odigeo ha lanzado un llamamiento urgente a las autoridades de toda la Unión Europea. La compañía sostiene que el dictamen alemán, que habla de "mala fe" y "obstrucción", confirma un patrón de conducta ilícita y sistemática por parte de Ryanair que se repite de forma idéntica en diferentes países. Esta reincidencia, argumentan, exige una respuesta coordinada y enérgica por parte de los reguladores nacionales y comunitarios.

La petición es clara: las autoridades deben ejercer, sin más dilación, su deber inexcusable de hacer cumplir la ley y de proteger de manera efectiva a los millones de consumidores europeos que pueden ser víctimas de estas prácticas comerciales ahora declaradas ilegales. Las sentencias de Hamburgo no solo resuelven casos concretos, sino que establecen un precedente jurídico potente que cuestiona los cimientos del modelo de negocio de Ryanair en Europa, abriendo la puerta a nuevos recursos legales y a un escrutinio regulatorio aún más intenso.